La Cámara de Diputados y Diputadas aprobó este miércoles en general y en particular el proyecto de ley "Chao Dicom", el cual busca facilitar el acceso al crédito o la postulación a un puesto de trabajo de personas que mantienen deudas impagas adquiridas durante el estallido social y la pandemia.
La iniciativa fue apoyada con 116 votos a favor, 15 en contra y cinco abstenciones y en concreto, establece que los responsables de los registros o bancos de datos personales que traten información de carácter económico, financiero, bancario o comercial, no podrán comunicar respecto de obligaciones impagas inferiores a dos millones 500 mil pesos, contraídas entre el 18 de octubre de 2019 al 31 de mayo de 2022.
Lo anterior, siempre que el total de tales obligaciones sea inferior a dos millones 500 mil pesos por concepto de capital. Esto, excluyendo intereses, reajustes o cualquier otro rubro. Asimismo, no podrán proporcionar información al titular de los datos, ni comunicar el hecho de que éste haya sido beneficiado con esta disposición.
¿A quiénes beneficiaría la ley Chao Dicom?
La misma prohibición será aplicable a los distribuidores de información de carácter económico, financiero, bancario o comercial. Para estos efectos, se considera distribuidores a las personas naturales o jurídicas que realizan directamente el tratamiento, comunicación y comercialización de los datos de obligaciones económicas. Ello, de conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente.
En esa línea, se definió que el incumplimiento de lo dispuesto en esta ley será sancionado con una multa a beneficio fiscal que van desde las mil hasta las 2.250UTM, es decir, desde los $58.770 a los $132.240 aproximadamente.
¿Qué falta para que la ley Chao Dicom entre en vigencia?
Tras la aprobación de la ley "Chao Dicom" en la Cámara de Diputados y Diputadas, el proyecto pasó a segundo trámite y deberá ser analizado en el Senado.