Además de los beneficios estatales que se otorgan mes a mes, durante septiembre un importante grupo de funcionarios del sector público recibirá el aguinaldo correspondiente a Fiestas Patrias.
Este aporte, que está regido por ley, consiste en un monto que no es imponible ni tributable, y tampoco está afecto a descuentos. Por lo tanto, los trabajadores reciben el pago íntegro junto a su sueldo del mes.
En el caso de las y los trabajadores del sector privado, ellos también pueden recibir el dinero del aguinaldo, siempre y cuando cumplan con determinados requisitos.
¿Qué funcionarios del sector público recibirán aguinaldo?
El Estado otorgará el aguinaldo de Fiestas Patrias a todas y todos los trabajadores que, al 31 de agosto de 2022, desempeñen cargos de planta o contrata en entidades como, por ejemplo:
Universidades estatales.
Establecimientos de educación parvularia financiados por la Junta Nacional de Jardines Infantiles (Junji).
Sectores de la Administración del Estado que hayan sido traspasados a las municipalidades.
Establecimientos particulares de enseñanza subvencionados por el Estado.
Establecimientos de Educación Técnico Profesional.
Instituciones reconocidas como colaboradoras del Servicio Nacional de Menores (Sename) o su continuador legal.
Corporaciones de Asistencia Judicial.
¿Cuál es el monto del aguinaldo para el sector público?
La monto del beneficio otorgado en septiembre variará según los ingresos que tengan los funcionarios públicos:
Recibirán $81.196 las y los trabajadores cuya remuneración líquida de agosto de 2022 sea igual o inferior a $842.592.
Recibirán $56.365 para quienes tengan una remuneración líquida de agosto de 2022 superior a los $842.592.
¿El sector privado tendrá aguinaldo?
Legalmente, los empleadores (empresas) del sector privado no están obligados a entregar el aguinaldo de Fiestas Patrias. Sin embargo, sí constituye un derecho para sus trabajadores cuando se cumplen una de dos condiciones:
El aguinaldo está contemplado en su contrato de trabajo.
Existe un contrato o convenio colectivo donde el aguinaldo esté incorporado como cláusula.
De cumplirse uno de estos escenarios, cualquier trabajador del sector privado podrá exigirle a su empresa la entrega del aguinaldo, cuyo monto dependerá de lo estipulado en el contrato o en el convenio colectivo.
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