Último día para excusarse como vocal de mesa: ¿Cómo se hace y qué razones hay para justificarse?

Quienes no presenten sus excusas ante las Juntas Electorales durante la jornada de este jueves, deberán ejercer si o si como vocales de mesa.

El pasado sábado 13 de agosto, el Servel dio a conocer los datos electorales de todos los chilenos habilitados para sufragar en el Plebiscito de Salida del próximo domingo 4 de septiembre.

De esta forma, la entidad publicó los lugares de votación, los números de las mesas y la selección para quienes deberán ejercer como vocales de mesa en la elección para aprobar o rechazar la propuesta de la nueva Constitución.

Los seleccionados para ser vocal tienen un plazo de tres días para poder presentar su excusa y no ejercer este cargo, los cuales comenzaron el pasado martes 16 y finalizan este jueves 18.

¿Cómo saber si fui designado como vocal de mesa?

En caso de que aun no hayas revisado tus datos y deseas saber si eres una de las personas que deberá ejercer como vocal de mesa, sigue los siguientes pasos para consultar:

  • Ingresa a consulta.servel.cl.

  • Accede con tu RUT, sin puntos y con guión, y pincha el Captcha.

  • Haz clic en "Consultar".

La plataforma te indicará todos tus datos electorales, tu lugar y mesa de votación y si fuiste seleccionado como vocal.

¿Qué razones hay para excusarse?

Si fuiste seleccionado como vocal de mesa, este es tu último día para excusarse en caso de que cumplas con alguna de las siguientes condiciones:

  • Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador,

  • Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.

  • Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700.

  • Tener más de 60 años de edad.

  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.

  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del Director del respectivo establecimiento de salud.

  • Tratarse de personas gestantes durante todo el período de embarazo, acreditado mediante documento extendido por el establecimiento de salud donde se realice el control o un certificado médico. También se considerará al padre o madre de un hijo o hija menor de dos años al día en que funcionen las mesas receptoras, acreditado con el correspondiente certificado de nacimiento. Si ninguno de ellos tuviera el cuidado personal, quien lo tenga podrá excusarse acreditándolo debidamente, de acuerdo a lo señalado en el Numeral 7, artículo 49 Ley 18.700 y el acuerdo del Consejo Directivo del Servicio Electoral.

  • Quienes se desempeñen como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales, con dependencia o discapacidades, y las que se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (Eleam).

¿Cómo me puedo excusar?

Si cumples con alguna de las condiciones y deseas excusarse para no ejercer como vocal de mesa, esto lo debes hacer ante la Junta Electoral que te corresponda, trámite que puedes realizar de manera presencial o vía correo electrónico.

En caso de que no sepas qué Junta Electoral te corresponde, solo debes ingresar aquí, seleccionar tu región y buscar la que corresponda a tu comuna o sector de votación.

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