El Subsidio Único Familiar (SUF), o Subsidio Familiar, es un aporte que entrega el Estado con el objetivo de ayudar con sus ingresos mensuales a las personas que pertenezcan al 60% más vulnerable según el Registro Social de Hogares.
Los valores de este bono, que son calculados en base a la cantidad de cargas familiares que posea el o la beneficiaria, aumentaron durante este mes gracias al reajuste del sueldo mínimo.
Además, al obtener esta ayuda, la que forma parte del Sistema de Prestaciones Familiares y se entrega hasta por tres años, es posible acceder gratis a prestaciones médicas y odontológicas. En caso de las embarazadas, se puede solicitar también el Subsidio Maternal desde el quinto mes de gestación.
¿Cuáles son los montos actuales del Subsidio Único Familiar 2022?
Debido a la ley que aumenta el ingreso mínimo a $400.000 desde este mes, se eleva con esto a su vez el monto entregado por del Subsidio Único Familiar a $16.418, y $32.836 en caso de que el causante presente alguna discapacidad.
Además, a quienes reciban este beneficio también se les otorgará el Subsidio Canasta Básica, es decir, obtendrán $8.575 extra por cada carga. Revisa la tabla con los valores de ambos beneficios a continuación:
Además, también pueden acceder al Bono Chile Apoya de Invierno, el que desde hoy comenzará a ser pagado a las familias que reciban el Subsidio Único Familiar.
¿Cuáles son los requisitos para recibir el Subsidio Único Familiar?
Pueden acceder a esta bonificación, las personas que no se encuentren en condiciones de proveer por sí solas (o en unión de grupo familiar) la manutención y crianza del causante de la asignación, en la siguiente priorización:
La madre.
En su defecto, el padre.
Guardadores o personas que hayan tomado a su cargo al o los menores.
Personas naturales que tengan a su cargo a personas con discapacidad intelectual o invalidados de cualquier edad que vivan a sus expensas.
Las embarazadas (como Subsidio Maternal).
El beneficio se entrega por causantes a quienes vivan a expensas de la persona beneficiaria y cumplan con las siguientes condiciones:
Los menores hasta los 18 años de edad.
Tengan alguna discapacidad intelectual a las que se refiere la Ley Nº 18.600, de cualquier edad, que no sean beneficiarios de Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o de algún tipo de pensión asistencial.
Estén en situación de discapacidad de cualquier edad.
La mujer embarazada (Subsidio Maternal).
La madre de los menores (Subsidio Maternal).
Cabe mencionar que el Subsidio Único Familiar no es compatible con otras ayudas, tales como: Pensión Básica Solidaria de Invalidez, Pensión Garantizada Universal y Subsidio de Discapacidad Mental.
¿Cómo renovar el SUF?
El periodo de pagos del Subsidio Único Familiar es de 3 años y no se requiere renovar por dicho periodo y para obtenerlo debes acudir directamente a tu municipio.
No obstante, si no se cobra por seis meses seguidos, se entenderá por renunciado. Además, el o la beneficiaria deberá acreditar anualmente (en caso de tener hijos hasta 8 años) su participación en los programas de atención infantil del Ministerio de Salud.
El beneficio puede caducar en las siguientes situaciones:
Vencimiento del plazo de concesión, que corresponde a tres años de duración.
No cobro durante seis meses continuos.
Al optar por otro beneficio.
Cuando deje de cumplir alguno de los requisitos establecidos para su otorgamiento o mantención.
Cuando el beneficiario no proporcione los antecedentes relativos al beneficio, que le requiera el alcalde o la entidad pagadora del mismo. Si se da la causal de extinción, el beneficiario debe comunicarla a la municipalidad respectiva, dentro de los 30 días siguientes y se debe abstener de cobrarlo. Extinguido el derecho, el alcalde mediante resolución fundada, dispondrá la cancelación de la inscripción en el registro y lo comunicará al IPS para que este no continúe pagando el beneficio.
Por fallecimiento del causante o beneficiario. El fallecimiento del beneficiario produce la extinción del Subsidio Familiar de todos sus causantes. En tal caso, procede que la municipalidad realice las gestiones necesarias a objeto de hacer postular de inmediato a los causantes con la persona que los haya tomado a su cargo.