La Corte Suprema, tras rechazar un recurso judicial, ratificó la sentencia que condenó la empresa eléctrica CGE Distribución a compensar a las y los clientes afectados por los cortes de luz ocurridos durante junio y julio de 2017.
El fallo se enmarca en la demanda colectiva interpuesta por el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) a fines de julio de 2017, luego que CGE no estuviera dispuesta a compensar a las personas que se vieron afectadas por reiterados y prolongados cortes de suministro eléctrico.
Desde el Sernac sostuvieron que valoran el fallo "pues ratifica que los usuarios de los servicios de electricidad tienen derecho a ser compensados cuando las compañías distribuidoras de electricidad no actúan profesionalmente".
Asimismo, recordaron que "en materia de electricidad los consumidores tienen derecho a recibir el servicio por el que pagaron, sin interrupciones, y a ser compensados por el tiempo que el servicio estuvo suspendido. Ante un corte, las empresas tienen la obligación de tomar todas las medidas para reponer el servicio lo antes posible, así como deben contar con planes de contingencia para disminuir al máximo la molestia a los usuarios".
¿Quiénes recibirán la compensación por cortes de luz de CGE?
La Justicia determinó que la empresa CGE deberá compensar a las y los usuarios afectados por los cortes de suministro registrados en junio y julio de 2017 en las siguientes regiones:
Compensación por cortes de luz de CGE: ¿Cuánto dinero se entregará?
De acuerdo a la sentencia, el monto de la compensación equivale a $9.500 por cada día en que un cliente vio interrumpido el suministro de energía eléctrica.
Además, se estableció que la empresa debe compensar con un monto de 0.15 UTM (alrededor de $8.700) a cada cliente que formuló un reclamo ante el Sernac por los cortes de electricidad.
De igual forma, se condenó a CGE al pago de una multa de 300 UTM, es decir, aproximadamente $17 millones y medio de pesos por infringir la Ley del Consumidor.