El Subsidio de Integración Social y Territorial, conocido comúnmente como DS19, es un beneficio que entrega el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) en conjunto a diversas inmobiliarias asociadas a dicho aporte.
En tanto, tiene como objetivo ayudar a familias de distintas realidades socioeconómicas a adquirir su primera vivienda, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos.
Cabe destacar que para obtener el Subsidio DS19 no es necesario postular a través de ninguna plataforma, ya que este beneficio se solicita directamente con alguna de las inmobiliarias que tengan convenio con el Minvu.
¿Cuáles son los requisitos para el Subsidio DS19?
Para poder optar a este beneficio, se deben cumplir los siguientes requisitos mínimos:
- Ser mayor de 18 años y tener una cédula de identidad vigente.
- Contar con un ahorro mínimo en una cuenta de ahorro para la vivienda, el que varía entre las 20 y 80 UF ($658.325 a $2.633.300).
- Pertenecer hasta el 90% del Registro Social de Hogares (RSH).
- No tener una propiedad (postulante, cónyuge, conviviente civil o integrantes del grupo familiar declarado).
Asimismo, dependiendo de la forma en la que decidas acceder a este beneficio, existen requisitos específicos.
Sin deuda hipotecaria
Puedes obtenerlo a través de los siguientes subsidios:
En este caso, el máximo valor que puede tener la vivienda es de 1.100 UF ($36.207.875 CLP) y no te pueden cobrar por gastos operacionales y de escrituración.
Con deuda hipotecaria
Si estás en esta circunstancia, los subsidios con los que puedes acceder son estos:
- DS 1 Tramo 1 (ex Título I - tramo 1): Solo en caso de no existir cupo para viviendas de 1100 UF, puede optar por alguna de hasta 1.400 UF ($45.363.164 CLP).
- DS 1 Tramo 2 (ex Título I - tramo 2) y DS 1 Tramo 3 (ex Título II): Permite comprar una vivienda de hasta 2.200 UF ($71.284.972 CLP).
Aquí sí te pueden cobrar por gastos operacionales y de escrituración.
Si aún no tengo subsidio
Para este caso, los requisitos son los siguientes:
- Tener ahorros en una cuenta de ahorro para la vivienda.
- Pertenecer hasta el 90% en el Registro Social de Hogares (RSH).
- No tener una propiedad (postulante, cónyuge, conviviente civil o integrantes del grupo familiar declarado).
A través de este modo, puedes optar por viviendas de hasta 2.200 UF ($72.415.750 CLP), y sí te pueden cobrar por gastos operacionales y de escrituración, en caso de ser necesario.