El Bono Mujer Trabajadora es un aporte destinado a trabajadoras, dependientes o independientes, que sean parte del 40% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares (RHS).
Sus pagos se realizan en dos modalidades: anual y mensual, y los pagos correspondientes al mes de junio se comenzaron a realizar el pasado jueves 30 de junio.
Para ser beneficiarias de este subsidio es necesario cumplir con dos tipos de requisitos. Los primeros son solo para postular, mientras que los otros son para recibir los pagos.
¿Quiénes pueden recibir el Bono Trabajo Mujer?
Este aporte monetario se entrega por un total de cuatro años consecutivos y es otorgado a quienes cumplan con los siguientes requisitos:
Si eres trabajadora dependiente:
- Tener entre 25 y 59 años de edad (59 años con 11 meses).
- Pertenecer al 40% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares (RSH).
- Acreditar una renta bruta inferior a $6.421.781 durante el año calendario en que perciban el bono.
- Para 2022, si las trabajadoras reciben el beneficio a través de pagos provisionales mensuales, deben acreditar una remuneración bruta inferior a $535.148 mensuales.
- Tener al día el pago de sus cotizaciones previsionales y de salud en el período en que se les concede el bono.
- No trabajar en una institución del Estado o en una empresa que tenga participación pública superior al 50%.
- No registren solicitudes pendientes como beneficiarias del Subsidio al Empleo Joven.
Si eres trabajadora independiente:
- Tener entre 25 y 59 años de edad (hasta 59 años con 11 meses y 29 días).
- Pertenecer al 40% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares (RSH).
- Acreditar una renta bruta inferior a $6.421.781 durante el año calendario en que se concede el bono.
- Acreditar que el pago de sus cotizaciones previsionales y de salud se encuentran al día durante el año calendario en que se concede el bono.
- Acreditar sus rentas a través del SII en el año calendario en que se solicita el beneficio.
¿Cómo funciona el pago?
Tal como se comentó anteriormente, el pago se entrega en dos modalidades: anual y mensual. Revisa a continuación en qué consiste cada uno:
Pago anual
Se realiza una vez al año y se paga durante la segunda quincena del mes de agosto, de acuerdo a las rentas percibidas el año anterior (enero a diciembre). Además, su fórmula de cálculo es más recomendable, ya que no está sujeta a devolución de dinero.
Pago mensual
Este método corresponde a anticipos del pago anual, por lo que solo se paga hasta el 75% del beneficio. Estos pagos se entregan cuatro meses después de la fecha de postulación y se realiza siempre con tres meses de desfase. Por último, se otorga el último día hábil de cada mes, a excepción de septiembre y diciembre.
En cualquiera de las modalidades, el pago se calcula en base a tres tramos:
Las postulaciones están disponibles durante todo el año, solo debes ingresar a este enlace, iniciar sesión con tu Clave Única y seguir las instrucciones indicadas.
Recibirás la respuesta sobre tu postulación en un período de 90 días corridos, mediante un correo electrónico, mensaje de texto o carta certificada.