La Asignación Familiar y la Asignación Maternal son dos beneficios estatales ciertamente diferentes, pero que cumplen el propósito de ayudar a las cargas familiares en diversas etapas de la vida. Cada uno de ellos tiene sus requerimientos, los que se deben cumplir al momento de postular.
En el caso de la Asignación Familiar, este está destinado a trabajadores dependientes, independientes, pensionados y subsidiados, y entrega un monto por cada carga familiar, siempre y cuando cumplan con lo establecido por la ley.
Un propósito similar tiene la Asignación Maternal, ya que es un aporte entregado a trabajadoras embarazadas o trabajadores que cuenten con una cónyuge en gestación, por lo cual cumplirían con la causante para recibir este aporte. Cabe destacar que quienes tengan uno de los dos beneficios podrán recibir el Subsidio a la Canasta Básica.
¿Cuáles son los montos que entrega la Asignación Familiar y Maternal?
Los montos que entregan estos aportes aumentaron luego de la aprobación del reajuste al sueldo mínimo. Desde ahora, los beneficios entregan la siguiente cantidad de dinero:
- Beneficiarios con ingreso mensual de hasta $398.443: reciben $15.597 por carga familiar.
- Beneficiarios con sueldo mensual entre $398.444 y $581.968: reciben $9.571 por carga familiar.
- Beneficiarios con ingreso mensual entre $581.969 y $ 907.672: reciben $3.025 por carga familiar.
- Beneficiarios con un ingreso mensual a partir a $907.673: reciben $0. Esto no hace perder la condición de carga para otros efectos, por ejemplo, sistema de salud, servicios de bienestar y otros.
¿Cómo y cuándo se pagan?
Asignación Familiar
Revisa a continuación cómo se pagan, dependiendo de tu situación:
- Trabajadores dependientes: es pagado por el empleador, y está incluido en el sueldo.
- Trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios: en la devolución de impuestos del año siguiente al que las cargas fueron declaradas.
- Trabajadores independientes que cotizan por cuenta propia: cuando efectúen sus cotizaciones o aportes.
- Pensionados: paga la entidad que entrega la pensión (AFP o IPS).
- Subsidiados por cesantía: se paga junto al subsidio.
En ese sentido, la ley permite el pago directo al causante en los siguientes casos:
- Por hijos menores: se paga directamente a la madre con quien(es) viva(n), a petición de ella.
- Cónyuge e hijos mayores de edad: se paga directamente a ellos o la persona que se encuentre a su cargo, si lo solicitan.
- Cualquiera de los causantes: se paga directamente a cónyuge o bien la persona que se encuentre a cargo el causante, en aquellos casos que el beneficiario se rehúse a imprecar el derecho o el pago de la asignación.
Asignación Maternal
Pueden recibir este beneficios aquellas(os):
- Trabajadoras embarazadas dependientes, independientes afiliadas a un régimen de previsión y en goce de subsidio de cualquier naturaleza (excepto del Subsidio Familiar o Maternal).
- Los trabajadores dependientes, independientes y en goce de subsidio de cualquier naturaleza respecto de sus cónyuges embarazadas y causantes de Asignación Familiar.
- En el caso de las embarazadas, se les paga el aporte directamente a ellas, mientras que en el caso de ser carga del trabajador, se les paga junto a su sueldo (dependientes), en la devolución de impuestos o cuando efectúen sus cotizaciones o aportes (independientes).
Este aporte monetario solo puede ser solicitado desde el quinto mes de embarazo, ya que una vez asignado y verificado el derecho al beneficio, se pagará retroactivamente y por todo el resto del período de gestación.
¿Cómo solicitarlas?
Asignación Familiar
Quienes quieran recibir este beneficio, deben tener sus cargas familiares reconocidas y acreditadas. Asimismo, el trámite se realiza a través del organismo que administra las cargas del trabajador, que pueden ser una AFP, una caja de compensación, el IPS u otra entidad.
Una vez que las cargas familiares estén reconocidas, el pago de la Asignación Familiar comenzará a pagarse de forma automática.
Asignación Maternal
Como se comentó anteriormente, este beneficio se debe solicitar desde el quinto mes de embarazo, pero una vez asignado y verificado se paga retroactivamente y por todo el período de gestación.
Para solicitarlo las beneficiarias y beneficiarios deben acercarse a un Centro de Atención IPS-ChileAtiende con un certificado que acredite el tiempo de gestación.
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