En una nueva edición de la encuesta Pulso Ciudadano, se destaca el bajo conocimiento de las y los chilenos sobre el voto obligatorio que tendrá el Plebiscito de Salida, el que se realizará el domingo 4 de septiembre.
Así lo mostraron los resultados del sondeo realizado por Activa en la primera quincena de mayo, donde el 51% de los encuestados no sabía que el sufragio será obligatorio en la instancia donde se pedirá a la población aprobar o rechazar la propuesta de nueva Constitución, realizada por la Convención Constitucional.
De igual forma, el 51,7% de las personas consultadas tampoco sabe que en caso de no votar se aplicará una multa. Mientras que otro 16,2% cree que es obligatorio pero sin multa y un 15,4% dice creer que el voto será voluntario como en votaciones anteriores. Por otra parte, el 16,7% dijo no saber sobre las condiciones del voto.
Por otra parte, la medición Pulso Ciudadano también señala que un 78,1% de los encuestados manifiesta estar seguro o muy seguro de que irá a votar al Plebiscito de Salida de septiembre, mientras que un 14% no está seguro de si irá o no a ejercer su deber cívico. Por último, un 7% no votará.
Además, el 27,1% de las personas dice que votará apruebo, por debajo del 27,4% que manifestó no saber qué opción votará en septiembre. El rechazo y mantención de la actual Constitución logró el 45,6% de las preferencias de esta encuesta N° 66 de Pulso Ciudadano. De todas maneras, solo el 58,3% afirmó tener su voto decidido o muy decidido, mientras que el 18,3% dijo tenerlo medianamente decidido. Los que no han decido ya su opción de voto, fueron el 23,4% de los encuestados.
¿Cuáles son las multas por no ir a votar en el Plebiscito de Salida?
Como mencionamos, votar en el Plebiscito de Salida será de carácter obligatorio para quienes tengan domicilio electoral en el territorio nacional.
Quienes no acudan a sufragar recibirán una multa que va desde las 0,5 a 3 Unidades Tributarias Mensuales (entre $28 mil y $170 mil, según la UTM de mayo).
Sin embargo, esta sanción no se aplicará cuando la persona no haya concurrido a votar por alguna de las siguientes razones:
- Enfermedad.
- Ausencia en el país.
- Estar situado en el día del plebiscito a más de 200 kilómetros del domicilio electoral en el que está registrado.
- Otro impedimento grave, debidamente comprobado ante el juez competente.