Hoy domingo 1 de mayo se celebra el Día del Trabajador, una jornada en la cual muchos servicios cierran sus puertas para que los empleados puedan descansar. Por lo mismo, este día se considera uno de los cinco feriados irrenunciables que hay en nuestro país.
Esto significa que, por ley, los trabajadores del comercio no puede ejercer sus labores por ningún motivo y en caso de que tu empleador no respete la norma, se enfrentara a grandes multas.
Sin embargo, existen algunos rubros que si pueden funcionar durante esta jornada, siempre y cuando se acuerde un día libre especial cada dos años.
Día del Trabajador: ¿Qué rubros atenderán este 1 de mayo?
Según información de la Dirección del Trabajo, el artículo 2 de la ley 19.973 señala que el 1 de mayo es un feriado obligatorio e irrenunciable, con la excepción de:
- Clubes.
- Restaurantes.
- Establecimientos de entretención (cines, discotecas, cabarets, pub).
- Locales comerciales de aeródromos civiles públicos y aeropuertos.
- Casinos de juegos.
- Trabajadores de expendio de combustible.
- Farmacias de Urgencia.
- Locales de vecindario atendidos por sus dueños
Además, la norma establece que "los trabajadores exceptuados de los descansos irrenunciables en el comercio tendrán derecho a los mismos, a lo menos, una vez cada dos años respecto de un mismo empleador, pudiendo pactar con este la rotación del personal necesario para este fin".
¿Qué comercios se mantienen cerrados durante este feriado?
En este día los centros comerciales de todo el país no abrirán sus puertas, al igual que los servicios de supermercados. Sin embargo, el acceso estará permitido para locales de comida rápida y cines de dichos lugares.
Si algún empleador obliga o acuerda a trabajar este día, puede enfrentar grandes multas. Así lo expresó el director del Trabajo, Pablo Zenteno: "los empleadores deben tener presente que no respetar el feriado es una infracción sancionada con multas aplicadas por cada trabajador sorprendido en infracción".
Los trabajadores y trabajadoras del comercio a los que no se les otorgue este feriado obligatorio e irrenunciable pueden hacer su denuncia en el Canal de Atención Telefónico (CAT) de la Dirección del Trabajo, llamando al número 600 450 4000 durante el domingo 1 de mayo.
Revisa también
- Loto ultra acumulado: ¿Cómo comprar un boleto por internet, cuánto cuesta y cuál es el pozo?
- Paris busca trabajadores: Conoce aquí las ofertas laborales y cómo postular
- Pase de Movilidad: Revisa a quiénes se les inhabilita el documento desde este domingo 1 de mayo