Asignación Familiar: Revisa quiénes pueden recibir este beneficio y cómo solicitarlo

Quienes reciben la Asignación Familiar también se verán beneficiados con las nuevas ayudas anunciadas por el Gobierno, luego de alcanzar un acuerdo con la CUT.

Este lunes se cerró con acuerdos la negociación entre el gobierno del Presidente Gabriel Boric y la Central Unitaria de Trabajadores (CUT). Entre los temas que se abordaron están las ayudas que recibirán las personas por el alza de precios en la Canasta Básica, producto de la inflación.

Sobre esto, definieron una compensación focalizada que ayudará a más de un millón de personas, específicamente a quienes reciben la Asignación Familiar o el Subsidio Único Familiar.

La Asignación Familiar es un beneficio del Estado dirigido a personas y pensionados que mes a mes coticen en algún sistema previsional, ya sea en AFP o ex cajas de compensaciones fusionadas con el IPS.

Este beneficio da derecho a recibir un dinero por cada carga que una persona posea, lo que varía según su sueldo. Si usted tiene un sueldo superior a $836.014, no podrá acceder a esta ayuda, pero podrá optar a otros beneficios.

¿Cómo se puede solicitar la Asignación Familiar?

Para poder recibir la Asignación Familiar debes solicitar el reconocimiento de las cargas familiares al Instituto de Previsión Social (IPS), que se puede hacer online.

Una vez que ingreses al sitio web, debes dirigirte a "Trámites en Línea", seleccionar "Consulte Cargas Familiares" y hacer clic en "Reconocimiento de Cargas para Asignación Familiar". Luego, debes seguir los pasos asignados por el sitio web y rellenar los datos.

Una vez realizado el reconocimiento, el trabajador comenzará a recibir el pago del beneficio.

¿Cuándo y cómo se paga el beneficio?

  • Trabajadores y trabajadoras dependientes: es pagado por el empleador, y está incluido en el sueldo.
  • Trabajadores y trabajadoras independientes que emiten boletas de honorarios: en la devolución de impuestos del año siguiente al que las cargas fueron declaradas.
  • Trabajadores y trabajadoras independientes que cotizan por cuenta propia: cuando efectúen sus cotizaciones o aportes.
  • Pensionados y pensionadas: paga la entidad que entrega la pensión (AFP o IPS).
  • Personas subsidiadas por cesantía: se paga junto al subsidio.

Causantes de la Asignación Familiar

Las siguientes personas son causantes del beneficio:

  • La cónyuge y el cónyuge inválido.
  • Los hijos de ambos cónyuges o de uno cualquiera de ellos (hijastros) y los adoptados hasta los 18 años, o de cualquier edad si son inválidos, y los mayores de 18 años y hasta los 24, solteros, que sigan cursos regulares en la enseñanza media, normal, técnica, especializada o superior en instituciones del Estado o reconocidas por éste.
  • Los nietos o bisnietos, huérfanos de padre y madre o abandonados por éstos, en los términos de la letra precedente.
  • La madre viuda.
  • Los ascendientes mayores de 65 años o inválidos.
  • Los niños huérfanos o abandonados y los inválidos que estén a cargo de las instituciones mencionadas en la letra d) del punto Beneficiarios.
  • Los menores, en los mismos términos que establece la letra b) de este punto, que hubiesen sido confiados al cuidado de personas naturales en virtud de una medida de protección dispuesta por sentencia judicial.
  • Los causantes que requieran ser inválidos, con declaración de invalidez otorgado por la COMPIN.

Montos de la Asignación Familiar

Según los valores actuales de este 2022, los montos son los siguientes:

  • Quienes ganen hasta $366.987 (bruto) reciben hasta $14.366 por carga familiar.
  • Sueldo mayor a $366.987 y hasta $536.023, reciben $8.815 por carga.
  • Ingreso mensual mayor a a $536.023 y hasta $836.014, reciben $2.786.
  • Sueldos desde $836.014 no tienen derecho a la asignación monetaria.

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