A partir de este 1 marzo comenzó la Operación Renta 2022, el trámite en el que contribuyentes, empresas y personas naturales, declaran su renta o ingresos anuales del 2021 para cumplir con las obligaciones tributarias del país.
En ese sentido, dependiendo el caso, las personas deberán pagar impuestos o recibir una devolución de dinero.
Es importante destacar que este año también deberán declarar los afiliados que hayan hecho el segundo retiro del 10% de los fondos de AFP, dado que la reforma constitucional estipuló el pago de impuestos para quienes hayan sacado sus ahorros previsionales, siempre y cuando su renta total de 2021 haya superado las 30 Unidades Tributarias Anuales (UTA).
¿Cuándo es la Operación Renta 2022?
Hace pocos días el SII publicó el calendario tributario, el que considera la Operación Renta en sus diferentes etapas. Así, entre el 1 de marzo y el 30 de junio los afiliados deberán entregar diferentes declaraciones juradas. Mientras tanto, desde el 1 de abril se podrá rellenar el formulario 22 (F22) de declaración de renta en la página web del SII hasta el 30 de ese mes.
Además, las devoluciones de impuestos se harán en mayo, entre el 11 y el 30, según la fecha en que el contribuyente haya presentado su declaración de impuestos.
Ten en cuenta que el SII entrega una propuesta de declaración de renta a gran parte de los contribuyentes, la que se basa en la información que entregada por las empresas o instituciones. De esta forma se genera automáticamente el formulario 22 (F22), que resume las rentas del año anterior, pero es recomendable echar un vistazo, ya que en algunos casos solo se entrega una propuesta parcial que el contribuyente debe rellenar.
Pincha aquí para revisar el calendario tributario en detalle.
¿Quiénes deben hacer la declaración de impuestos?
Deben declarar todas las personas que en 2021 hayan obtenido un ingreso anual mayor a 13,5 Unidades Tributarias Anuales ($8.996.994 al año, o $750.000 mensuales aproximadamente), según señala el SII.
Además, tienen que hacer el trámite las personas que:
- Hayan tenido más de un empleador o pagador.
- Trabajaron a honorarios, y quieren optar a la cobertura parcial de las cotizaciones previsionales
- Realizaron el segundo retiro voluntario del 10% de la AFP, de acuerdo a lo establecido en la Ley 21.295. Y que al mismo tiempo, tuvieron una renta imponible superior a 30 UTA ($1.530.000 mensuales aproximadamente) en el año del retiro.
- Quienes deseen acceder a algún beneficio o crédito tributario como la rebaja de intereses por dividendos hipotecarios.