El Subsidio Único Familiar (SUF) es un beneficio de 591.048 pesos que pueden recibir por tres años las madres, padres y tutores que no puedan costear los gastos de sus cargas familiares.
Con este beneficio entregado por el Instituto de Previsión Social (IPS) las familias beneficiarias reciben pagos mensuales de $16.418, monto que se duplica en caso de que la carga tenga una discapacidad.
Es importante destacar que los causantes considerados para poder recibir el SUF son quienes vivan a expensas de el o la solicitante y cumpla con alguna de las siguientes condiciones:
Menores de hasta 18 años de edad.
Inválidos de cualquier edad, que vivan a expensas del beneficiario.
Personas con discapacidad intelectual, de cualquier edad, que no sean beneficiarios de Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
Madres de menores que vivan a sus expensas, por los cuales perciban Subsidio Familiar. En este caso, la misma madre será la beneficiaria.
¿Quiénes pueden acceder al SUF?
Podrán postular al Subsidio Único Familiar las personas que no puedan proveer para la mantención de sus cargas y cumplan con alguno de los siguientes roles:
Madre.
Padre.
El o la Guardadora que tenga a su cargo al o los menores.
La persona natural que tenga a su cargo persona(s) con discapacidad intelectual o inválidos de cualquier edad que vivan a sus expensas.
Embarazadas (reciben el Subsidio Maternal).
¿Cómo puedo postular al Subsidio Único Familiar?
Para poder acceder a los pagos de este beneficio debes dirigirte a la municipalidad correspondiente a tu domicilio, solicitar el SUF y presentar la siguiente documentación:
Certificado de nacimiento del menor.
Carnet Control Niño Sano al día, para menores de 6 años.
Certificado de alumno regular, para mayores de 6 años y menores de 18.
Para las personas con discapacidad intelectual, se debe presentar acreditación de su condición. Esto se realiza a través de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) correspondiente al domicilio del causante.
En el caso de la mujer embarazada, deberá presentar certificación competente del hecho de encontrarse en el quinto mes de embarazo, extendido por un médico o matrona de los Servicios de Salud o de instituciones autorizadas por tales servicios.
Tratándose de menores y cuando corresponda, se deberá acreditar la calidad de guardador o cuidador.
El Municipio se encargará de verificar que cumplas con las condiciones para recibir el aporte de tres años. La respuesta se te será entregada por la misma entidad cuando esté disponible.