Las personas que cumplan 50 años de matrimonio y que puedan demostrarlo de forma legal, pueden recibir hasta $403 mil por sus años de casados. Las personas viudas también pueden hacerlo, siempre y cuando cumplan con ciertos requisitos.
Para esto deben solicitar el Bono Bodas de Oro, uno de los múltiples beneficios en dinero que el Estado le entrega a las personas mayores de edad.
El monto total de este aporte económico es de $403.817, que se dividen en partes iguales para ambos cónyuges, es decir, que reciben $201.909. Estos son depositados una sola vez en la vida.
Conoce cómo solicitar el Bono Bodas de Oro si eres viudo o viuda
En el caso de las personas viudas, tienen derecho al aporte en los siguientes casos:
Si habiendo cumplido 50 años de matrimonio, uno de los cónyuges fallece después de esa fecha. El sobreviviente puede optar a su parte del bono, siempre que el fallecimiento de alguno de los cónyuges se produzca dentro del año de plazo que indica la ley para solicitar el beneficio.
Si habiendo presentado la solicitud y verificado el cumplimiento de los requisitos, cualquiera de los cónyuges fallece durante la tramitación del beneficio. Una vez que se conceda el monto correspondiente a la persona fallecida, formará parte de su herencia.
¿Cómo y dónde puedo solicitarlo?
El trámite lo puedes hacer durante todo el año en los Centros de Atención ChileAtiende que estén más cercanos a tu domicilio.
Si deseas solicitarlo a través de internet, puedes hacerlo en la sucursal virtual de Chile Atiende con una video llamada siguiendo estos pasos:
Completa los datos del formulario que aparece al entrar a la sucursal
Presiona el botón "entiendo, iniciar prueba de equipo"
Acepta usar la cámara y el micrófono y posteriormente presiona "prueba"
Si todo funciona bien, pincha en "iniciar video atención"
Espera hasta que un ejecutivo(a) se presente
Explica tu situación y como resultado habrás solicitado el Bono Bodas de Oro.
Bono Bodas de Oro: ¿Qué requisitos debo cumplir para recibir?
Este aporte lo recibirán todas las parejas que cumplan con las siguientes condiciones:
No estar separados o divorciados (término del matrimonio por cualquier causa legal).
Se encuentren en el Registro Social de Hogares (RSH), y, de acuerdo a su calificación, pertenezcan al 80% más vulnerable de la población.
Convivan en el mismo hogar o acrediten residencia en hogares de larga estadía (uno o ambos), reconocido por la autoridad correspondiente.
Acrediten residencia en el territorio nacional por un período de cuatro años, dentro de los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.