El Ingreso Mínimo Garantizado (IMG) es un pago que realiza la Red de Protección Social a trabajadores dependientes, para garantizarles un sueldo líquido mensual de $340.817 a quienes reciban menos de $452.477 de sueldo bruto.
Además, las personas que quieran optar a este beneficio deben cumplir con una serie de requisitos para realizar su postulación, cuyo trámite puede hacer tanto el trabajador como el empleador.
Por otro lado, su vigencia es mensual y sus montos vuelven a calcularse mes a mes, ya que es en base a la remuneración bruta mensual.
¿Cuál es la fecha de pago de diciembre?
Los pagos del Ingreso Mínimo Garantizado no tienen una fecha exacta de entrega, ya que este se otorga los últimos cinco (5) días hábiles de cada mes.
De esta forma, el próximo pago debería llegar entre el lunes 26 y viernes 30 de diciembre, a aquellos que hayan postulado durante noviembre.
En la misma línea, los pagos del IMG se depositan en la cuenta bancaria del beneficiario o en sucursales del Banco Estado o Banco Estado Express de forma presencial.
Asimismo, en caso de no contar con una cuenta bancaria, existe la opción de solicitar una Cuenta RUT en el formulario de postulación. Si prefieres abrir una Cuenta RUT, tendrás que activarla en cualquier sucursal de la entidad bancaria, donde te entregarán la tarjeta de débito.
¿Cómo puedes apelar si no recibes tu pago?
En caso de no recibir el pago del IMG en las fechas estipuladas, puedes apelar en línea. Solo debes ingresar a la página web del Ingreso Mínimo Garantizado y pinchar en la pestaña "¿Tienes un problema?".
Aquí puedes ingresar de dos formas: con tu Clave Única o también ingresando tu RUT, fecha de nacimiento, número del documento y pulsar en “No soy un robot”
¿Quiénes pueden recibir el Ingreso Mínimo Garantizado?
Pueden recibir el IMG todos los trabajadores que cumplan con los siguientes requisitos:
Ser un trabajador, o trabajadora, dependiente.
Tu contrato debe estar suscrito al Código del Trabajo.
Tu sueldo bruto debe ser menor a $452.477.
Tu contrato debe tener una jornada ordinaria, es decir superior a 30 horas y hasta 45 horas semanales.
Tu calificación socioeconómica debe estar dentro del tramo del 90%, de acuerdo al Registro Social de Hogares (RSH).