El Bono Bodas de Oro es un aporte económico que pueden recibir las parejas que logren comprobar que llevan 50 años de matrimonio y cumplan una serie de requisitos.
Con este aporte se busca premiar a los matrimonios por el largo tiempo que llevan juntos, por lo que el Instituto de Previsión Social otorga montos que superan los $400.000.
En cuanto la pareja cumple los 50 años de casados tienen un año para solicitar este beneficio, sin embargo, y debido a la contingencia del Covid-19, quienes lo celebraron entre el 8 de febrero de 2019 y el 30 de septiembre de 2022, pueden presentar sus solicitudes hasta el 30 de septiembre de 2023.
¿Cómo se solicita el Bono Bodas de Oro?
Este aporte se puede solicitar de dos formas:
Solicitud remota:
Ingresa a la sucursal virtual de Chile Atiende
Completa tus datos en el formulario y pulsa en "entiendo, iniciar prueba de equipo".
Acepta utilizar la cámara y el micrófono en la notificación emergente y, posteriormente, presione "prueba".
Espere hasta que un ejecutivo o una ejecutiva tome contacto.
Explique su situación.
Como resultado, habrá solicitado el bono Bodas de Oro.
Solicitud presencial:
Diríjase a una oficina ChileAtiende.
Explique el motivo de su visita: solicitar el bono Bodas de Oro.
Entregue los antecedentes requeridos (Cédula de identidad y/o poder notarial, si el trámite se realiza a través de un apoderado o apoderada.
Como resultado del trámite, habrá solicitado el beneficio.
¿Cuál es el monto que recibiré con el beneficio?
Las parejas que reciban este aporte recibirán un total de $403.874, el cual se otorga una sola ves y se divide en partes iguales para ambos cónyuges, por lo que cada uno recibe $201.937.
Sin embargo, para poder recibir este aporte, además de solicitarlo es importante asegurarse de cumplir con los siguientes requisitos:
No estar separados o divorciados (término del matrimonio por cualquier causa legal).
Se encuentren en el Registro Social de Hogares (RSH), y, de acuerdo a su calificación, pertenezcan al 80% más vulnerable de la población.
Convivan en el mismo hogar o acrediten residencia en hogares de larga estadía (uno o ambos), reconocido por la autoridad correspondiente.
Acrediten residencia en el territorio nacional por un período de cuatro años, dentro de los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.