El Estado de Chile cuenta con diferentes bonos, subsidios y pensiones, los que son entregados a las personas más vulnerables del país, según su porcentaje en el Registro Social de Hogares (RSH).
Asimismo, uno de los grupos más necesitados es el compuesto por los cesantes. Pues desde la llegada del coronavirus, han sido cientos los trabajadores que han perdido su empleo.
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Frente a esto, el Estado ha implementado cinco beneficios que puedes recibir si es que te encuentras desempleado. Revisa a continuación más detalles.
Bonos para cesantes: Revisa los 5 beneficios que puedes recibir si estás sin trabajo
Seguro de Cesantía
El Seguro de Cesantía es un derecho para trabajadores y trabajadores que estén afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) y hayan trabajado de forma dependiente desde al menos el 2 de octubre de 2002, sin importar el tipo de contrato.
Su entrega está a cargo de la AFC y se otorga cuando el trabajador queda cesante. De esta forma, se retira el dinero que este tenga acumulado en su cuenta, mediante giros mensuales que dependen del porcentaje de remuneración que recibía.
Subsidio de Cesantía
Este subsidio entrega un aporte mensual y está dirigido a quienes no cuenten con el Seguro de Cesantía, lo que también les permite optar a asistencia médica gratuita, poder recibir la Asignación Familiar, Maternal y la Asignación por Muerte.
Este subsidio debe ser solicitado en el Instituto de Previsión Social (IPS) o a la caja de compensación, según le corresponda al trabajador subsidiado. Esta misma institución se hará cargo de su pago.
Fondo de Cesantía Solidario
El Fondo de Cesantía Solidario, es un aporte que se entrega a las personas que se encuentren afiliados a una AFC, pero que no tengan suficiente dinero ahorrado al momento de quedar sin empleo o hayan agotado sus fondos anteriormente.
Para recibir este pago se debe contar con 12 cotizaciones pagadas en el FCS durante los últimos 24 meses previo al despido, además, tus tres últimas cotizaciones deben ser continuas y del último empleador.
Tu contrato debe haber finalizado por término del plazo convenido, por conclusión del trabajo o servicio que dio origen al trabajo, pero también por un caso fortuito, fuerza mayor. Además, debes tener activa una cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo.
Cuenta de ahorro de indemnización
Los trabajadores que estén cesantes pueden cobrar una indemnización por término de contrato que complementa o sustituye la indemnización legal por años de servicios y a la cobertura del Seguro de Cesantía.
Este dinero se puede cobrar en la AFP, presentando los documentos que acrediten el término del contrato de trabajo. Esta cuenta de indemnización sustitutiva es personal y totalmente independiente de la cuenta de capitalización individual y de la cuenta de ahorro voluntario.
Bolsa Nacional de Empleo
Las personas que estén cesantes pueden utilizar la plataforma en línea de la Bolsa Nacional de Empleo (BNE) para buscar un nuevo trabajo.
La inscripción al sitio es gratuita y la puede efectuar cualquier persona mayor de 18 años. Estar inscrito en la BNE es requisito para recibir los beneficios del Fondo de Cesantía Solidario y así asegurar que realmente se está buscando trabajo.