La Asignación Familiar es un aporte que se paga de manera mensual a pensionados y trabajadores dependientes afiliados a un sistema previsional. Mientras los trabajadores independientes lo reciben una vez al año.
El pago de este beneficio se otorga por cada carga familiar que la o el beneficiario tenga acreditada, mientras que la suma de dinero dependerá del sueldo del solicitante.
Por otro lado, la Asignación Familiar se pagará indefinidamente, siempre y cuando se sigan cumpliendo con los requisitos estipulados por la ley.
¿Cuáles son los requisitos para acceder a la Asignación Familiar?
Quienes deseen solicitar este bono, deben cumplir con al menos uno de estos requisitos:
Trabajadores dependientes sector público y privado.
Trabajadores independientes afiliados a un régimen previsional al 1º de enero de 1974, que contemplara entre sus beneficios el de Asignación Familiar.
Trabajadores independientes obligados o no a cotizar en el sistema de AFP, que hayan acreditado cargas en el IPS.
Personas con Subsidio de Cesantía o Subsidio por Incapacidad Laboral (licencia médica).
Pensionados de cualquier régimen.
Pensionados de viudez y madre de los hijos de filiación no matrimonial del trabajador o pensionado.
Instituciones del Estado a cargo de niños huérfanos, abandonados e inválidos.
Personas naturales con niños a su cargo, por resolución judicial.
Trabajadores con derecho a prestaciones del Fondo de Cesantía Solidario que al momento de quedar cesantes percibían asignación familiar.
Beneficiarios de Pensión Garantizada Universal y de Pensión Básica Solidaria de Invalidez. Solo en relación con su descendencia.
Los beneficiarios del Subsidio de discapacidad para menores de 18 años. No obstante, solo pueden tener cargas familiares en relación con su descendencia.
¿Cuáles son los montos que entrega el Subsidio Familiar?
Revisa a continuación una tabla con los montos que otorga este beneficio:
Consulta la fecha de pago de la Asignación Familiar solo con tu RUT
Cabe mencionar que la Asignación Familiar se entrega dependiendo del tipo de beneficiario que eres, de la siguiente forma:
Trabajadores dependientes: es pagado por el empleador, y está incluido en el sueldo.
Trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios: en la devolución de impuestos del año siguiente al que las cargas fueron declaradas.
Trabajadores independientes que cotizan por cuenta propia: cuando efectúen sus cotizaciones o aportes.
Pensionados: paga la entidad que entrega la pensión (AFP o IPS).
Subsidiados por cesantía: se paga junto al subsidio.
Teniendo esto en consideración y si no sabes cuándo recibirás tu pago, puedes revisarlo a través del sitio web de Chile Atiende, solo ingresando tu RUT. La página te indicará inmediatamente la información requerida.