Desde un tiempo a esta parte, el Estado se ha encargado de entregarle múltiples beneficios en dinero a todos los chilenos y chilenas que sean mayores de 60 años.
Uno de ellos es el Bono de Reconocimiento, el cual está destinado a todos los hombres y mujeres que se hayan cambiado del antiguo sistema de pensiones al actual, que corresponde a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).
Este aporte económico se le suma de forma automática a la Cuenta de Capitalización Individual del beneficiario o beneficiaria, por lo que se suma a los ahorros que acumuló por vejez, invalidez o al momento de fallecer.
¿Quiénes pueden acceder al Bono de Reconocimiento?
A este beneficio pueden acceder los imponentes de cualquier ex Caja de Previsión que cumplan con estos requerimientos:
Tener como mínimo 12 cotizaciones mensuales en alguna ex Caja de Previsión, entre el 1° de noviembre de 1975 y el 31 de octubre de 1980.
Si no cumplen el requisito anterior, deben registrar a lo menos una cotización en alguna ex Caja de Previsión, entre el 1° de julio de 1979 y el mes anterior a la fecha de afiliación al sistema de AFP.
¿Cómo puedo recibir el Bono de Reconocimiento?
Para solicitar esta ayuda económica, la persona afiliada debe suscribir una Solicitud de Cálculo y Emisión de Bono de Reconocimiento en la AFP que le corresponda, y luego llenar el Anexo Detalle de Empleadores, en caso de corresponderle.
Es importante que estos datos sean rellenados con todos los datos requeridos y lo más claro posible.
¿A quiénes le corresponde el Bono de Reconocimiento?
A todos los eximponentes cuya última imposición sea de una de las siguientes exCajas:
Beneficios de desahucio:
Empart
Sepregas
Capregild
Serehoch
Caja del Salitre
Caja Bancaria
Sepcuu
Capremer
Beneficios de indemnización:
Servicio de seguro social
Triomar
¿Qué montos entrega este beneficio?
Los montos variarán según la persona, ya que se calcula de acuerdo a los períodos de cotización que tenga en el antiguo sistema previsional.
Esto se reajustará al Índice de Precios al Consumidor (IPC), con un interés del 4% anual.
Además, para el cálculo, se consideran estos datos:
Tiempo Total Cotizado en el antiguo sistema a abril de 1981.
Fecha de nacimiento (Este dato Genera el Factor de Incremento).
Remuneraciones.
Sexo.
Fecha de Afiliación.
Valor del Desahucio Indemnización.