Los bonos de cesantía son beneficios que se entregan a las personas cuando quedan desempleadas y les permiten poder acceder a recursos propios o estatales con la finalidad de sobrellevar los gastos del hogar.
Estos aportes son de mucha utilidad en una fecha como esta, en la previa de Navidad y Año Nuevo, ya que el desembolso de dinero se incrementa para quienes por algún motivo quedan sin trabajo o desempleado.
Para poder recibir cada una de estas ayudas, las personas tendrán que cumplir con ciertos requisitos que permitirán validar su situación actual. Además, los aportes entregados por el Estado se pagarán si el trabajador tiene recursos insuficientes en la AFC.
¿Qué bonos de cesantía puedo recibir?
Fondo de Cesantía Solidario
Las personas que agotaron sus recursos o no cuenten con un monto suficiente en su AFC, pero además se encuentren desempleados, podrán obtener el Fondo de Cesantía Solidario (FCS).
Para que este aporte se pueda otorgar, la persona debe estar inscrita en la Bolsa Nacional de Empleo y haber finalizado su contrato por las siguientes causales:
Venció el plazo convenido.
Por conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato.
Caso fortuito.
Fuerza mayor.
Adicionalmente las personas deberán cumplir con los siguientes requisitos:
Estar cesante.
Tener recursos insuficientes en su cuenta individual de cesantía.
Tener 12 cotizaciones pagadas en el AFC en los 24 meses anteriores al despido (las tres últimas cotizaciones deben ser continuas y del mismo empleador).
Subsidio de Cesantía
Las personas que no cuenten con el Seguro de Cesantía podrán acceder al Subsidio de Cesantía, una ayuda económica por un plazo de 360 días, además se les permitirá obtener asistencia médica gratuita, la Asignación Familiar, Maternal y por Muerte.
Debe solicitarse a través del Instituto de Previsión Social (IPS) o de su caja de compensación, quienes también se encargarán de realizar el pago del este beneficio.
Seguro de Cesantía
El Seguro de Cesantía es un derecho para quienes se encuentren afiliados a las Administradoras de Fondos de Cesantía (AFC) y hayan trabajado de forma dependiente a contar del 2 de octubre de 2022 en adelante, sin importar su tipo de contrato.
Para poder cobrarlo deberá ingresar a la página web de la AFC con su RUT y Clave Única, aunque previamente deberá conocer los requisitos que solicita la ley para acceder a ellos.
Dependiendo del porcentaje de remuneración que recibía se calculará y entregará el aporte mensual, que pagará la propia AFC y que disminuirá al pasar los meses.
Cuenta de Ahorro de Indemnización
En el caso de que te encuentres cesante podrás cobrar una indemnización por el término de tu contrato, el que puede ser complementario o sustituto de la indemnización legal por año de servicio.
Para poder hacer uso de este fondo tendrás que dirigirte a tu AFP y presentar los documentos que acrediten el término de tu contrato. Este monto es de carácter personal e independiente de tu cuenta de capitalización individual y de tus cuentas de ahorro voluntario.