La Cuota Mortuoria es un apoyo económico que las distintas AFP le otorgan a sus afiliados o afiliadas, o a aquellas personas que sean beneficiarias de la Pensión Garantizada Universal (PGU) para cubrir los gastos fúnebres.
Específicamente, quienes reciban este beneficio en dinero no deben tener derecho a la Asignación por Muerte, debido a que se pensionó a partir de febrero de 2022.
El aporte que entrega la Cuota Mortuoria es de 15 UF, equivalentes a más de $518 mil pesos. El monto variará según el dinero que tenga la persona afiliada en sus fondos. Por ejemplo, si tiene cerca de $300 mil pesos, se le otorgarán los otros $218 mil para completar las 15 UF. Si la persona tiene saldo cero, se le entregará el monto total.
¿Quiénes pueden acceder a la Cuota Mortuoria?
Este beneficio está destinado a quienes hayan pagados los gastos funerarios de:
Afiliados al sistema de pensiones de AFP: el beneficio se financia con el saldo de la cuenta individual del fallecido. Sin embargo, en el caso de los afiliados a AFP y beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal con saldo en su cuenta menor a 15 UF, es el Estado quién paga la diferencia.
Beneficiarios del Sistema de Pensiones Solidario que no tengan derecho a Asignación por Muerte y que hayan accedido al beneficio solidario a contar del 01 de febrero de 2022.
¿Qué documentos necesito para realizar el trámite?
Certificado de defunción del afiliado y/ o beneficiario de la PGU.
Factura de gastos funerarios a nombre del solicitante de la cuota mortuoria.
Certificado de sepultación o sepultura, cuando exista una diferencia de a lo menos treinta días entre la fecha de fallecimiento del afiliado y la fecha de suscripción de la solicitud.
Si la solicitud la hace una empresa funeraria, se requiere de la siguiente documentación:
Certificado de defunción del afiliado.
Factura de los gastos funerarios emitida a nombre de la empresa funeraria.
Poder notarial otorgado por la empresa funeraria a un representante .
¿Cómo puedo solicitar la cuota mortuoria?
Para solicitar este beneficio tienes varias opciones, dependiendo de la situación de la persona fallecida. Teniendo esto en consideración, puedes solicitar la Cuota Mortuoria de las siguientes maneras:
Si la persona fallecida era beneficiaria de una Pensión Garantizada Universal sin derecho a percibir la Asignación por Muerte debe reunir los documentos mencionados y presentarlos cualquier sucursal de ChileAtiende.
Si la persona fallecida tenía un Aporte Previsional Solidario de Vejez (conocida actualmente como la PGU) como complemento a una pensión de AFP o compañía de seguros, debe reunir los antecedentes y presentarlos la AFP o Compañía de Seguros que corresponda.
Si la persona fallecida es afiliada o pensionada de una AFP debe recurrir ante la respectiva AFP o Compañía de Seguros.