Bono Cuidado Adulto Mayor: ¿En qué consiste este beneficio y quiénes pueden acceder a él?

Aquellos que tengan en su cuidado a alguna persona con dependencia severa pueden optar por el Bono Cuidado Adulto Mayor.

El Estado le entrega el Bono Cuidado Adulto Mayor a todas aquellos hombres o mujeres que tengan en su cuidado a algún adulto mayor con dependencia severa.

El también conocido Programa de pago de cuidadores de personas con discapacidad es entregado por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, y tiene un monto máximo de $30.879 mensuales.

Lo bueno de este beneficio en dinero es que es un aporte que no constituye renta ni es imponible, por lo que es compatible con cualquier otro bono o subsidio.

¿Quiénes pueden acceder al Bono Cuidado Adulto Mayor?

A este subsidio pueden acceder todas las mujeres u hombres que cumplan con las siguientes condiciones:

  • Estar inscrito en el Programa de Atención Domiciliaria a Personas con Dependencia Severa del Ministerio de Salud (Minsal).

  • Tener un cuidador o cuidadora de adultos mayores que no reciba remuneración.

  • Que no se encuentre institucionalizado en un establecimiento de larga estadía para adulto mayor.

¿Cómo realizo el trámite para acceder a este beneficio?

Al ser un subsidio no postulable, lo único que se debe hacer es cumplir con los requisitos mencionados anteriormente, ya que los beneficiarios o beneficiarias serán seleccionados de forma automática mediante datos obtenidos por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia.

¿Tiene alguna vigencia el Bono Cuidado Adulto Mayor?

La vigencia se percibirá desde el mismo mes de la fecha de concesión y se extenderá mientras se sigan cumpliendo los requisitos mencionados anteriormente.

¿Cómo funcionan los pagos de este bono?

Los pagos del Bono Cuidado Adulto Mayor tiene prioridades. Conócelas a continuación:

  1. La severidad en la dependencia del causante, la que será medida con el Índice de Barthel, un instrumento que mide la capacidad de las personas discapacitadas para la realización de ciertas actividades básicas y rutinarias.

  2. Antigüedad en la postulación del causante, comenzando por la más antigua.

  3. La clasificación socioeconómica del causante, conforme al Registro Social de Hogares.

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