El Programa de Pago de Cuidadores de Personas con Discapacidad es un beneficio en dinero no postulable al que pueden acceder los hombres y mujeres que tengan en su cuidado a un adulto mayor con dependencia severa.
El también conocido Bono Cuidado Adulto Mayor es un aporte monetario que no constituye renta ni es imponible, lo que lo hace compatible con cualquier otro beneficio del Estado, siempre y cuando no tengan el mismo propósito.
La idea de este bono es ayudar a los y las cuidadoras que no reciban una remuneración mensual por sus servicios, y éste se mantendrá durante todo el tiempo en que la persona cumpla con los requisitos.
Revisa los requisitos del Bono Cuidado Adulto Mayor
Las condiciones para recibir este beneficio en dinero son las siguientes:
Estar inscrito en el Programa de Atención Domiciliaria a Personas con Dependencia Severa del Ministerio de Salud, a través del establecimiento de atención primaria correspondiente a su domicilio (CESFAM, CECOF, posta rural, otro).
Tener un cuidador o cuidadora que no recibe remuneración.
Que no se encuentre institucionalizado en un establecimiento de larga estadía para adulto mayor o en otra institución de larga estadía para personas de menor edad.
Conoce qué montos entrega este beneficio
Actualmente, el Bono Cuidado Adulto Mayor entrega un monto mensual máximo de $30.879, que son depositados por el Instituto de Previsión Social.
Además, el beneficiario o beneficiaria accede automáticamente a un subsidio de $700 mensuales por los costos del uso de la cuenta.
Este bono es depositado en la Cuenta RUT del Banco Estado del cuidador o cuidadora, aunque ellos pueden elegir si desean recibirlo en otra cuenta bancaria o no.
¿Qué vigencia tiene el Bono Cuidado Adulto Mayor?
La vigencia de este aporte monetario será percibida desde el mes de su concesión y se extenderá mientras la persona beneficiaria siga cumpliendo con los requisitos mencionados anteriormente.