Subsidio Familiar: Solo con el RUT puedes consultar tu fecha de pago y conoce cómo postular al SUF

Recibir el Subsidio Familiar es requisito para optar a otros bonos que entrega el Estado, como el Bono Canasta Básica.

El Subsidio Familiar, también conocido como Subsidio Único Familiar (SUF), es un aporte monetario mensual que se entrega durante tres años a personas de escasos recursos que pertenezcan al 60% vulnerable, según su calificación socioeconómica en el Registro Social de Hogares (RSH).

Los montos de pago que otorga el Subsidio Familiar corresponden a $16.418 por carga familiar, mientras que las personas con discapacidad generan el doble ($32.836).

Además, recibir el SUF es requisito para postular a otros bonos del Estado, como el Bono Canasta Básica, Bono Marzo o el Bono Invierno.

Consulta con el RUT tu fecha de pago del Subsidio Familiar

Si ya eres beneficiario o beneficiaria del Subsidio Único Familiar, debes saber que el SUF no tiene una fecha específica de pago.

Por esta razón, si quieres conocer qué día te entregan el dinero, ingresa a la página web de consulta de fecha y forma de pago de Chile Atiende y el IPS, donde solo deberás escribir tu RUT para ver la información.

¿Cuáles son los requisitos para postular al Subsidio Familiar?

El Subsidio Familiar se entrega a madres, padres o tutores en situación de vulnerabilidad, que estén a cargo de menores de edad o personas en situación de discapacidad.

De esta forma, son beneficiarias del SUF aquellas personas que no están en condición de proveer por sí solas (o en unión del grupo familiar) a la mantención y crianza del causante del bono, en el siguiente orden:

  • La madre.

  • En su defecto, el padre.

  • Guardadores o personas que hayan tomado a su cargo al o los menores.

  • Personas naturales que tengan a su cargo a personas con discapacidad que vivan a sus expensas y de cualquier edad.

  • Las embarazadas (como Subsidio Maternal).

En tanto, son causantes de Subsidio Familiar quienes vivan a expensas de la persona beneficiaria que:

    • Deben participar de los programas de salud establecidos por el Ministerio de Salud para la atención infantil, hasta los 8 años, y que no perciban renta igual o superior al valor del Subsidio Familiar (la pensión de orfandad no se considera renta para estos efectos).

    • Por los niños mayores de 6 años se debe acreditar, además, que son alumnos regulares de enseñanza básica, media, superior u otros equivalentes, en establecimientos del Estado o reconocidos por este, a menos que fueren personas con discapacidad.

  • Tengan discapacidad intelectual a las que se refiere la Ley Nº 18.600, de cualquier edad, que no sean beneficiarios de Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o de algún tipo de pensión asistencial.

  • Estén en situación de discapacidad de cualquier edad.

  • Las madres de menores que vivan a sus expensas, por los cuales perciban Subsidio Familiar. En este caso, la misma madre será la beneficiaria.

  • La mujer embarazada (puede postular al Subsidio Maternal).

¿Cómo postular al Subsidio Familiar?

Para solicitar el Subsidio Único Familiar, debes dirigirte a la municipalidad de tu comuna y acercarte al Departamento de Desarrollo Social.

Por lo general, los documentos que se solicitan para postular al SUF son los siguientes:

  • Certificado de nacimiento de la o el menor de edad.

  • Fotocopia del carnet de control de niño sano, al día, de los menores de 6 años.

  • Certificado de alumno regular, de los niños y niñas mayores de 6 años.

  • Fotocopia de cédula de identidad de la madre que desee postular al Subsidio Maternal.

  • Deberá acreditarse la condición de personas con discapacidad intelectual mediante la declaración de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin) correspondiente al domicilio del causante.

  • En el caso de la mujer embarazada, deberá presentar certificación competente del hecho de encontrarse en el quinto mes de embarazo, extendido por un médico o matrona de los servicios de salud o de instituciones autorizadas por tales servicios.

  • Tratándose de menores de edad y cuando corresponda, se deberá acreditar la calidad de guardador o cuidador.

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