Muchos y muchas hemos oído hablar de la Cuota Mortuoria, sin embargo, muy pocos saben de qué se trata y a quiénes está dirigida.
La Cuota Mortuoria es un aporte económico que las distintas Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) le entregan a sus afiliados y a quienes reciben la Pensión Garantizada Universal (PGU) para cubrir los gastos fúnebres de una persona.
Actualmente, este beneficio entrega un monto de 15 UF que equivalen a más de $521 mil. Sin embargo, este monto va a variar según el dinero que tenga el afiliado o afiliada en sus montos. Por ejemplo, si la persona tiene $450 mil en su cuenta, se le otorgarán $71 mil para que pueda completar las 15 UF. En caso de tener saldo cero en su AFP, el beneficiario o beneficiaria recibirá el monto total.
Conoce a quiénes está destinada la Cuota Mortuoria
Este beneficio está destinado a quienes hayan pagados los gastos funerarios de:
Afiliados al sistema de pensiones de AFP: el beneficio se financia con el saldo de la cuenta individual del fallecido. Sin embargo, en el caso de los afiliados a AFP y beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal con saldo en su cuenta menor a 15 UF, es el Estado quién paga la diferencia.
Beneficiarios del Sistema de Pensiones Solidario que no tengan derecho a Asignación por Muerte y que hayan accedido al beneficio solidario a contar del 01 de febrero de 2022.
¿Qué documentos necesito para realizar el trámite?
Certificado de defunción del afiliado y/ o beneficiario de la PGU.
Factura de gastos funerarios a nombre del solicitante de la cuota mortuoria.
Certificado de sepultación o sepultura, cuando exista una diferencia de a lo menos treinta días entre la fecha de fallecimiento del afiliado y la fecha de suscripción de la solicitud.
Si la solicitud la hace una empresa funeraria, se requiere de la siguiente documentación:
Certificado de defunción del afiliado.
Factura de los gastos funerarios emitida a nombre de la empresa funeraria.
Poder notarial otorgado por la empresa funeraria a un representante .
¿Cómo se solicita?
Solicitar la Cuota Mortuoria es muy fácil, sin embargo, tienes diferentes opciones para hacerlo. Conócelas a continuación:
Si la persona fallecida era beneficiaria de una Pensión Garantizada Universal sin derecho a percibir la Asignación por Muerte debe reunir los documentos mencionados y presentarlos cualquier sucursal de ChileAtiende.
Si la persona fallecida tenía un Aporte Previsional Solidario de Vejez (conocida actualmente como la PGU) como complemento a una pensión de AFP o compañía de seguros, debe reunir los antecedentes y presentarlos la AFP o Compañía de Seguros que corresponda.
Si la persona fallecida es afiliada o pensionada de una AFP debe recurrir ante la respectiva AFP o Compañía de Seguros.