Seguro de Cesantía: ¿Cómo saber cuánto dinero tengo ahorrado y qué documentos debo presentar para retirarlo?

El Seguro de Cesantía está destinado a todos y todas las afiliadas de la AFC que hayan quedado desempleados por distintas razones.

El Seguro de Cesantía está destinado a todos los trabajadores y trabajadoras que hayan perdido su fuente laboral, y que necesiten un aporte económico para mantenerse mientras busquen un nuevo trabajo.

Esta ayuda corresponde a los ahorros que el trabajador o trabajadora acumuló en su Cuenta Individual de Cesantía (CIC) de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) mientras se encontraba empleado y cuyos montos pueden retirar inmediatamente una vez que haya sido desempleado.

El Seguro de Cesantía tiene como objetivo proteger a las personas desempleadas, otorgándoles un aporte monterio que se paga mensualmente. Es más, mientras la persona en cuestión esté cesante, puede llegar a hacer hasta 13 giros mensuales mientras su saldo se lo permita.

¿Cómo saber si estoy afiliado a la AFC?

Para saber tu situación, debes hacer lo siguiente:

  • Revisa si estás afiliado ingresando tu RUT en https://www.afc.cl/consulta-estado-afiliacion/ (Si tu contrato laboral comenzó a partir del 2 de octubre de 2002, estás afiliado automáticamente).

  • Si tu contrato es anterior a esa fecha, puedes afiliarte voluntariamente en alguna sucursal de la AFC, en su sitio web o en tu lugar de trabajo.

¿Cómo saber con mi RUT cuánto dinero tengo ahorrado?

  • Este trámite lo puedes hacer ingresando en https://www.afc.cl/ y pinchando donde dice "Sucursal Virtual". Ahí deberás ingresar con tu RUT y Clave Única.

  • Cuando estés dentro, podrás ver el resumen de tu cuenta y el saldo total que tienes ahorrado.

  • También podrás ver tu última cotización acreditada, tus cotizaciones no pagadas y rezagos por devolver.

¿Qué documentos debo mostrar para cobrar el Seguro de Cesantía?

Si estás afiliado a la AFC y tus datos aparecen en pantalla, para cobrar el Seguro de Cesantía deberás presentar uno o más documentos que acrediten que fuiste despedido.

Estos pueden ser:

  • Finiquito.

  • Carta de despido: emitida y firmada por el empleador.

  • Comprobante de carta de despido: emitido por la Dirección del Trabajo.

  • Carta de renuncia: firmada por el trabajador y ratificada por un ministro de fe.

  • Carta de mutuo acuerdo: firmada por el trabajador y el empleador, ratificada ante un ministro de fe.

  • Certificado de término de relación laboral emitido por la Inspección del Trabajo.

  • Declaración jurada electrónica, emitida por la Dirección del Trabajo.

  • Carta de autodespido o despido indirecto: firmada por el trabajador.

  • Comunicación de término de relación laboral por quiebra del empleador.

  • Conciliación ante la Dirección del Trabajo.

  • Contrato de trabajo menor a 30 días.

  • Acta de avenimiento.

  • Acta de comparecencia o conciliación judicial.

  • Sentencia judicial.

  • Demanda laboral.

  • Contrato de trabajo y liquidación de sueldo de trabajadores portuarios.

Si ya subiste el documento que tienes en mano, deberás hacer una similitud de solicitud e ingresar tus datos personales. Si todo está en orden, deberán enviarte el comprobante de solicitud y luego efectuar los pagos cuando corresponda.

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