Bono de Reconocimiento: ¿Quiénes lo reciben y en qué casos es posible realizar un reclamo?

Este subsidio es agregado a la Cuenta de Capitalización Individual del beneficiario, para así sumarse a los ahorros acumulados en la pensión.

El Bono de Reconocimiento es un beneficio emitido por el IPS, Capredena o Dipreca, que consiste en un documento que representa los periodos de cotizaciones que una persona haya registrado en las cajas de previsión del antiguo régimen.

Siempre y cuando se haya incorporado al actual sistema previsional de las AFP, este subsidio es agregado a la Cuenta de Capitalización Individual para así sumarse a los ahorros acumulados en la pensión, ya sea por vejez, invalidez o cuando fallezca.

Los montos que entrega este aporte son calculado en base a reajustes e intereses según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), con un interés anual del 4%.

¿Quiénes pueden recibir el Bono de Reconocimiento?

Pueden acceder a este beneficio aquellas personas que cumplan con alguno de estos dos requisitos:

  • Tener al menos 12 cotizaciones mensuales en alguna ex Caja de Previsión, entre el 1 de noviembre de 1975 y el 31 de octubre de 1980.

  • Si no lo cumple, debe registrar, a lo menos, una cotización en alguna ex Caja de Previsión, entre el 1 de julio de 1979 y el mes anterior a la fecha de afiliación al sistema de AFP.

En este sentido, les corresponde recibir el Bono de Reconocimiento a todos y todas los ex imponentes cuya última imposición pertenezca a una de las siguientes ex cajas:

Desahucio

  • Empart (Caja de Previsión de Empleados Particulares).

  • Sepregas (Sección de Previsión Social de los Empleados de la Compañía de Consumidores de Gas de Santiago).

  • Capregil (Caja de Previsión de Trabajadores de Gildemeister).

  • Serecch (Sección de Retiro de los Empleados de Mauricio Hochschild).

  • Capresal (Caja de Previsión para Empleados del Salitre).

  • CBP (Caja Bancaria de Pensiones).

  • Sepccu (Sección Especial de Previsión para Empleados de la Compañía de Cervecerías Unidas).

  • Capremer (Caja de Previsión de la Marina Mercante, Empleados y Oficiales).

Indemnización

  • SSS (Servicio de Seguro Social).

  • Triomar (Caja de Previsión de la Marina Mercante, Tripulantes y Operarios).

¿Es posible realizar reclamos por el Bono de Reconocimiento?

Sí. Existen ocho causales por las cuales es posible imponer reclamos sobre el Bono de Reconocimiento. Estas son:

  • Nueva alternativa de cálculo.

  • Rentas imponibles erróneas.

  • Tiempo de afiliación incompleto.

  • Rentas paralelas no o mal consideradas.

  • Fecha de afiliación errónea.

  • Datos identificatorios erróneos.

  • Cajas no consideradas en el cálculo.

  • Monto de indemnización mal calculado.

De ser aceptada la Solicitud de Reclamo por el IPS, el subsidio puede ser corregido por la causal que se reclama o por cualquier otro error que la entidad detecte. Es por esto que el aporte puede aumentar o disminuir, independientemente del motivo del reclamo.

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