El Bono de Reconocimiento es un beneficio emitido por el IPS, Capredena o Dipreca, que consiste en un documento que representa los periodos de cotizaciones que una persona haya registrado en las cajas de previsión del antiguo régimen.
Siempre y cuando se haya incorporado al actual sistema previsional de las AFP, este subsidio es agregado a la Cuenta de Capitalización Individual para así sumarse a los ahorros acumulados en la pensión, ya sea por vejez, invalidez o cuando fallezca.
Los montos que entrega este aporte son calculado en base a reajustes e intereses según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), con un interés anual del 4%.
¿Quiénes pueden recibir el Bono de Reconocimiento?
Pueden acceder a este beneficio aquellas personas que cumplan con alguno de estos dos requisitos:
Tener al menos 12 cotizaciones mensuales en alguna ex Caja de Previsión, entre el 1 de noviembre de 1975 y el 31 de octubre de 1980.
Si no lo cumple, debe registrar, a lo menos, una cotización en alguna ex Caja de Previsión, entre el 1 de julio de 1979 y el mes anterior a la fecha de afiliación al sistema de AFP.
En este sentido, les corresponde recibir el Bono de Reconocimiento a todos y todas los ex imponentes cuya última imposición pertenezca a una de las siguientes ex cajas:
Desahucio
Empart (Caja de Previsión de Empleados Particulares).
Sepregas (Sección de Previsión Social de los Empleados de la Compañía de Consumidores de Gas de Santiago).
Capregil (Caja de Previsión de Trabajadores de Gildemeister).
Serecch (Sección de Retiro de los Empleados de Mauricio Hochschild).
Capresal (Caja de Previsión para Empleados del Salitre).
CBP (Caja Bancaria de Pensiones).
Sepccu (Sección Especial de Previsión para Empleados de la Compañía de Cervecerías Unidas).
Capremer (Caja de Previsión de la Marina Mercante, Empleados y Oficiales).
Indemnización
SSS (Servicio de Seguro Social).
Triomar (Caja de Previsión de la Marina Mercante, Tripulantes y Operarios).
¿Es posible realizar reclamos por el Bono de Reconocimiento?
Sí. Existen ocho causales por las cuales es posible imponer reclamos sobre el Bono de Reconocimiento. Estas son:
Nueva alternativa de cálculo.
Rentas imponibles erróneas.
Tiempo de afiliación incompleto.
Rentas paralelas no o mal consideradas.
Fecha de afiliación errónea.
Datos identificatorios erróneos.
Cajas no consideradas en el cálculo.
Monto de indemnización mal calculado.
De ser aceptada la Solicitud de Reclamo por el IPS, el subsidio puede ser corregido por la causal que se reclama o por cualquier otro error que la entidad detecte. Es por esto que el aporte puede aumentar o disminuir, independientemente del motivo del reclamo.