Permiso de Circulación: ¿Qué vehículos no pagarán este permiso por dos años y desde cuándo comenzará a regir?

Aparte de eximirse del pago del permiso de circulación por 24 meses, los dueños de estos vehículos también tendrán descuentos los siguientes seis años en este documento.

Cada mes de marzo los dueños de vehículos deben realizar el pago de su permiso de circulación, trámite que les permite poder transitar por nuestro país y el cual se cancela luego de tener aprobada la revisión técnica.

Sin embargo, algunos dueños de vehículos podrán eximirse del pago de este trámite durante 24 meses y además obtener descuentos por los próximos siguientes seis años, aunque para ello se debe despachar a ley el proyecto que permitiría este beneficio.

No obstante, durante la jornada de este viernes el Senado ya avanzó en este proyecto, y luego de aprobarlo, fue enviado a la Cámara de Diputadas y Diputados para una próxima votación. Cabe destacar que esta iniciativa consta de tres ejes, siendo el tercero esta exención.

¿Qué vehículos no pagarán su permiso de circulación por dos años?

Este proyecto busca que los vehículos eléctricos e híbridos queden exentos de pagar el permiso de circulación por un periodo de dos años, pero después de ello vienen seis años en los que tendrán descuentos de entre el 25% y el 75%.

De esta manera, durante el tercer y cuarto año solo se deberá pagar el 25% del permiso, mientras que el quinto y sexto año será el 50%, pero ya en el séptimo y octavo año será el 75%, de ahí en adelante se cancelará el monto que corresponda.

Además, el año de fabricación de dichos vehículos debe ser el mismo en que se publicó la ley, el año anterior o los años posteriores, respecto a la fecha en que se hará efectiva esta exención, será a contar de 1 de febrero posterior a la fecha en que se haya aprobado la iniciativa.

¿Cómo obtener el Permiso de Circulación?

Para poder obtener el permiso de circulación deberás dirigirte a las oficinas del tránsito de la municipalidad en la que desees cancelar este trámite, entre el 1 de febrero y el 31 de marzo, y presentar los siguientes documentos:

Vehículos usados:

  • Permiso de circulación anterior.

  • Certificado de homologación o revisión técnica vigente.

  • Póliza del Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP).

  • Tarjeta de dominio o padrón del vehículo inscrito en el Registro Civil.

Vehículo nuevo:

  • Factura de compra (incluye copia).

  • Inscripción en el Registro Civil.

  • Certificado de homologación.

  • Póliza del Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP) con vigencia al 31 de marzo del año siguiente.

Estos vehículos pagarán el permiso en forma proporcional a cada uno de los meses que faltan para completar el año.

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