El Estado es el encargado de entregarle múltiples beneficios a los y las alumnas que tengan un buen rendimiento, siendo uno de ellos el Bono Logro Escolar.
Este subsidio, al que no hay que postular ya que forma parte del Ingreso Ético Familiar (IEF), está destinado a los y las estudiantes menores de 24 años que estén dentro del 30% de mejor rendimiento en su promoción.
El Bono Logro Escolar tiene como objetivo incentivar a los y las estudiantes, principalmente de los sectores más vulnerables del país, a continuar sus estudios de Enseñanza Básica y Media.
Es importante mencionar que, pese a que no se postula a este beneficio, los o las interesadas deben cumplir con una serie de requisitos que puedes conocer a continuación.
¿Qué condiciones debo cumplir para obtener el Bono Logro Escolar?
Para ser beneficiario o beneficiaria de este aporte monetario deben:
Ser beneficiarios del Subsistema Seguridades y Oportunidades del Ingreso Ético Familiar (IEF).
Estar dentro del 30% más vulnerable del país, según el Registro Social de Hogares (RSH).
Cursar entre 5º básico y 4º medio, durante el año inmediatamente anterior.
Estar en el 30% de mejor rendimiento académico de su promoción.
Haber asistido a establecimientos de Enseñanza Básica o Media reconocidos por el Ministerio de Educación (Mineduc).
¿Cómo saber si soy beneficiario o si tengos pagos pendientes con mi RUT?
Cabe recalcar que el Bono Logro Escolar comenzó a pagarse el pasado 15 de septiembre y para saber tu situación respecto a este aporte monetario, debes ingresar a este enlace habilitado por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia.
Una vez dentro, ingresa con tu RUT y fecha de nacimiento, y revisa si eres beneficiario o si tienes algún pago de este 2022 pendiente.
¿Cómo se paga el Bono Logro Escolar?
Este beneficio se paga en dos tramos:
$67.944: para estudiantes que se encuentren dentro del primer 15% de mejor rendimiento de su promoción.
$40.768: para estudiantes que se encuentren dentro del segundo 15% de mejor rendimiento de su promoción.
El bono se paga mediante una transferencia bancaria a la Cuenta RUT del beneficiado. Si no la tiene, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia le abrirá una que él o ella misma deberá ir a retirar a una sucursal de Banco Estado.