Plan Fronteras Protegidas: ¿Qué permisos necesitas para viajar al extranjero y cómo los saco?

Las modificaciones hechas al Plan Paso a Paso permitirán que las personas con pase de movilidad, o un permiso excepcional, podrán salir del país desde este lunes 26 de julio.

El Plan Fronteras Protegidas que reforzó el Gobierno para evitar la propagación de nuevas cepas del Covid-19 en el país, como la variante Delta, comenzará a operar desde el lunes 26 de julio, y establece requisitos y medidas más estrictas para quienes quieran, o deban salir del país.

La baja en el número de contagios, ha permitido entregar más libertad a las personas, por lo cual el Gobierno autorizará salidas y llegadas de los viajeros siempre que cumplan con las condiciones exigidas.

De esta manera, quienes ya cumplieron con su proceso de vacunación, y tienen el Pase de Movilidad podrán hacer viajes desde y hacia el país.

¿Quiénes pueden viajar de Chile y qué necesitan para hacerlo?

Según el Plan Fronteras Protegidas, pueden salir del país los chilenos y extranjeros residentes que cuenten con el Pase de Movilidad habilitado. La medida no incluye a menores de edad sin pase de movilidad y las salidas únicamente se harán por el Aeropuerto Internacional Arturo Merino Benítez.

Asimismo, podrán viajar al exterior las personas que tengan un permiso excepcional obtenido en Comisaría Virtual y aprobado. Esta autorización puede obtenerse por cuatro causales:

  • Carácter humanitario.
  • Gestiones esenciales para la salud del viajero.
  • Gestiones fundamentales para la adecuada marcha del país.
  • Residir en el exterior.

En el caso de los ciudadanos extranjeros no residentes en Chile que deseen o deban salir del territorio pueden hacerlo con su pasaporte del país de origen.

IMPORTANTE: No debes olvidar los documentos exigidos porque el Pase de Movilidad o el permiso de Comisaría Virtual serán requerido en el control de Policía Internacional.

¿Quiénes pueden ingresar a Chile y qué medidas deben cumplir?

El protocolo del Plan Fronteras Protegidas señala que podrán ingresar al país los chilenos y extranjeros residentes en Chile, al igual que aquellos que no residan en el territorio nacional bajo las siguientes excepciones: salvoconducto del consulado de origen o Decreto 102 del Ministerio del Interior.

Al momento de arribar al país deberá presentar los siguientes documentos:

Declaración jurada: El formulario está disponible en www.c19.cl, debe estar completo 48 horas antes del vuelo y será solicitado al embarcar. Una vez en territorio chileno, debe ser presentado a la autoridad sanitaria.

Test PCR: Su resultado debe negativo y no podrá tener una antigüedad mayor a 72 horas. Será requerido por la aerolínea al embarcar, y por la autoridad sanitaria al ingresar al país. Los menores de dos años de edad quedan exceptuados de ese examen.

Seguro médico de viaje: este requisito es solo para los extranjeros no residentes en el país, aquellos que sólo ingresarán por motivos excepcionales o con salvoconducto entregado por el consulado. El monto mínimo de cobertura para las prestaciones de salud deberá ser de USD$30.000.

Medidas sanitarias del Plan Frontera Protegida

Una vez que la persona tenga los documentos solicitados, deberá cumplir con el protocolo sanitario que dicta el Plan de Fronteras Protegidas. Esto significa 10 días de aislamiento estricto obligatorio. El tiempo de confinamiento se podrá cumplir en el domicilio si se porta con el pase de movilidad.

En caso de no tener el pase de movilidad, se debe cumplir la cuarentena en un hotel de tránsito al momento de ingresar al país y debe ser pagado por el pasajero. Las personas que ingresen al país tendrán un seguimiento por 14 días. Deberán reportar su situación a las autoridades sanitarias además de tener que realizarse varios testeos de PCR.

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