El Subsidio DS-49 es una de las ayudas económicas que entrega el Estado para la ejecución de conjuntos habitacionales en sitios propios, cuyos dueños cumplan los requisitos de postulación y el ahorro requerido para iniciar el proceso.
Este beneficio, al que pueden acceder familias en situación de vulnerabilidad permite a edificación de un proyecto habitacional individual o colectivo de casas o departamentos y que tiene la ventaja de no exigir al postulante un crédito hipotecario.
El beneficio que se entrega por intermedio del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu), consiste en un subsidio base y aportes complementarios que pueden variar según la zona geográfica en que se ubique la o las viviendas, las condiciones particulares del proyecto y el núcleo familiar beneficiado.
¿Cuáles son los requisitos para postular al Subsidio DS-49?
Los requisitos que exige la postulación al DS-49 son: ser mayor de edad y contar con cédula nacional de Identidad vigente. En caso que el solicitante sea extranjero debe presentar su cédula con permanencia definitiva y Certificado de Permanencia Definitiva (emitido por el Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior o por Policía de Investigaciones de Chile).
Los postulantes deben estar inscritos en el Registro Social de Hogares (RSH) y no superar el tramo de calificación socioeconómica del 40% más vulnerable de la población con excepción de las postulaciones colectivas, donde el 70% de los integrantes del grupo deberá pertenecer al 40% más vulnerable de la población y el 30% podrá pertenecer a tramos superiores hasta el 90% de calificación socioeconómica según el RSH.
Para aquellas postulaciones individuales a la Construcción en Sitio Propio, el postulante podrá pertenecer hasta el 50% más vulnerable de la Población, según el RSH.
También se debe acreditar en el RSH un grupo familiar. No pueden postular personas solas (familias unipersonales) excepto los Adultos Mayores, viudos/as o aquellas que tengan un grado de discapacidad (acreditada ante el COMPIN), calidad de indígenas o sean reconocidas en el Informe Valech.
Asimismo, tener una cuenta de ahorro para la vivienda a nombre de quien postule y tener en ella un ahorro mínimo de 10 UF. En el caso de postulaciones colectivas, si la persona pertenece a un tramo mayor al 40% según el RSH, deberá contar con un ahorro de 15 UF.
En ambos casos, el ahorro debe estar depositado a más tardar el último día hábil del mes anterior al ingreso de los antecedentes para la postulación del grupo organizado al Sistema Informático.
Sigue aquí los pasos para postular al DS-49
¿Hasta cuándo se puede postular al DS-49?
Las postulaciones al DS-49 estarán abiertas hasta el próximo 30 de noviembre de 2021.
¿Qué alternativas de construcción da el Subsidio DS-49?
El Subsidio DS-49 que otorga el Minvu, cofinanciará la edificación de cuatro alternativas habitacionales.
La primera de ellas es la construcción en nuevos terrenos de proyectos que contemplen entre 10 y 160 viviendas, incluyan urbanización, equipamiento y áreas verdes. En este caso la postulación es colectiva.
La segunda posibilidad es la edificación de un pequeño condominio de entre dos y nueve viviendas en un terreno urbano bajo el régimen de copropiedad inmobiliaria (Ley 19.537) y cuya postulación también es de carácter colectivo.
La tercera opción es la construcción de una vivienda en sitio que sea de propiedad del o los postulantes, ya que la solicitud se puede hacer de forma colectiva o individual.
Finalmente, está la densificación predial, que consiste en la construcción de una o más viviendas en un terreno donde ya existe una o más propiedades habitacionales. La postulación también se hace de forma grupal o individual.
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