La postergación del pago de contribuciones para inmuebles habitacionales y Pymes, anunció el Servicio de Impuestos Internos (SII), beneficio que permitirá que éstas sean saldadas en 2022 y aliviar así los embates económicos que ha generado la pandemia en los bolsillos de los contribuyentes.
Según informó el organismo tributario, este aplazamiento está orientado a propietarios de bienes raíces con destino habitacional, que tengan un avalúo fiscal de hasta 5 mil UF, quienes podrán postergar la totalidad de las cuotas normales de 2021, hasta 2022 para una de sus propiedades.
En el caso de las pequeñas y medianas empresas (Pymes), estas podrán aplazar las correspondientes al primer semestre de este año, siempre y cuando registren ventas que no excedan las 100 mil UF y que presenten, al menos, una disminución del 30% de sus ventas de enero y febrero de 2021, en comparación con el mismo periodo de 2020.
¿Cómo se aplicará la postergación del pago de contribuciones?
La postergación del pago de contribuciones se aplicará de manera automática, sin necesidad que las personas o empresas realicen ningún trámite, ya que estas cuotas estarán disponibles para pago durante todo el año, y se recalculará el monto total de cuotas postergadas, a ser pagadas en 2022.
No obstante, aquellas personas que decidan efectuar el pago con anticipación al nuevo vencimiento, podrán hacerlo en el sitio web del SII en cualquier momento, ya que las cuotas se encontrarán disponibles solo con el reajuste del IPC correspondiente al momento del pago, sin intereses ni multas.
¿Cuáles son las contribuciones cuyos pagos serán postergados?
El Decreto Nº 611 del Ministerio de Hacienda, publicado en el Diario Oficial con fecha 24 de abril, indica que para los inmuebles con carácter habitacional, el SII podrá postergar el plazo para el pago de contribuciones con vencimiento en abril, junio, septiembre y noviembre de 2021, las que podrán ser saldadas en cuatro cuotas de igual valor, reajustadas solo de acuerdo al IPC, es decir, sin multas ni intereses.
Respecto de las Pymes, les será posible acceder a la postergación de las cuotas de contribuciones correspondientes al primer semestre de este año (con vencimiento en abril y junio), y que podrán cancelar sin intereses ni multas, solo reajustadas de acuerdo al IPC, en los mismos plazos de 2022.
¿Quiénes pueden acceder a la postergación del pago de contribuciones?
Pueden acogerse a esta prórroga las personas que cuenten con bienes raíces con destino habitacional y cuyo avalúo fiscal sea de hasta 5 mil UF al 1 de enero de 2021. Es decir, de hasta $145.346.950.
En caso que la persona tenga más de una propiedad que cumpla con este requisito, el beneficio de la postergación de las contribuciones se aplicará a la propiedad de mayor avalúo fiscal.
Respecto de las empresas, aquellas que cuenten con ventas que no excedan las 100 mil UF y que registren una disminución en las ventas de enero y febrero de 2021 de al menos un 30% respecto del mismo periodo de 2020.
¿Cómo se recalculará el pago de contribuciones?
Durante 2022, el SII recalculará los montos postergados e impagos de contribuciones y generará cuatro nuevas cuotas -en el caso de personas naturales- y dos nuevas cuotas -para las Pymes - también reajustadas solo de acuerdo al IPC.
Esas cuotas tendrán las mismas fechas de vencimiento de las normales del 2022 y serán informadas oportunamente al contribuyente.
Según las estimaciones del Servicio de Impuestos Internos, aproximadamente 755.877 personas naturales podrían acceder a este beneficio, mientras 65.864 Pyme podrán postergar las contribuciones de sus propiedades.