El 15 de febrero entró en vigencia la Ley 21.299, que regula la postergación de cuotas de dividendos de Créditos Hipotecarios para todas aquellas personas que debido a la pandemia y la crisis económica, necesiten aplazar el pago de sus respectivos créditos hipotecarios.
Para realizar esta postergación, se otorgará un nuevo Crédito Hipotecario denominado "Crédito de Postergación" que se utilizará para pagar anticipadamente los 6 dividendos de tu crédito original, el cual se comienza a pagar desde el mes 7, de forma paralela al dividendo de tu crédito original y distribuido en el mismo plazo residual.
En ese sentido, el Crédito de Postergación será otorgado manteniendo el seguro de desgravamen y con la misma tasa de interés de la operación original. Esta oferta implica un proceso automatizado de postergación, lo que permite más rapidez en su otorgamiento.
¿Quiénes pueden solicitarlo?
- Personas naturales que deben estar al día en el pago de los dividendos del crédito al cierre de mes anterior al de la solicitud de postergación.
- El valor de la propiedad asociada al crédito no puede superar las UF 10.000 al momento del otorgamiento del crédito original.
- Al menos uno de los titulares del crédito debe haber experimentado una reducción de al menos el 25% de su ingreso mensual con respecto al promedio 2020, o al promedio 2019.
- Quienes actualmente estén pagando dividendos de su Crédito Hipotecario (se excluyen Créditos en periodos de gracia o postergados que no han retomado el pago).
- Personas con un Crédito Hipotecario otorgado hasta el 31 de diciembre de 2020.
- Quienes hoy estén pagando dividendo y le queden más de 6 pagos en el crédito.
Cómo solicitar la postergación de dividendos
Para gestionar la postergación, debes acercarte hasta la entidad acreedora (bancos principalmente) y solicitar un "crédito de postergación".
Dicho crédito se otorgará previa evaluación, estará exento de impuestos y contará con una tasa que no podrá ser superior a la del crédito hipotecario. Se contratará mediante escritura pública y podrá ser celebrado por mandato conferido, sea de manera física o virtual.
Requisitos para postular a la postergación del crédito hipotecario
- Disminución de al menos 25% del ingreso mensual producto de la pandemia;
- Crédito hipotecario a postergar se haya contratado para comprar la vivienda principal del deudor;
- Primeras viviendas por un valor de hasta UF 10.000 (UF 5.000 en avalúo fiscal), de acuerdo a la tasación original del crédito;
- Deuda o mora en el pago del dividendo no superior a 30 días.
Modalidades para la postergación de dividendos
- Agregar las cuotas aplazadas al final del crédito hipotecario
- Prorratear las cuotas en el plazo restante del crédito hipotecario
Cabe destacar que una vez contratado el crédito de postergación, la entidad financiera tiene un plazo de 10 días hábiles para dar respuesta negativa o positiva.