Continúan vigentes los pagos del IFE Laboral para los más de 400 mil trabajadores y trabajadoras que pueden acceder a este aporte estatal dirigido a mejorar las remuneraciones e incentivar la reincorporación al mercado laboral.
Conocido también como Subsidio al Empleo, entrega un pago complementario para incrementar el sueldo del o la trabajadora por hasta $250.000, en el caso de mujeres, jóvenes, persona con discapacidad o mayor de 55 años; y de hasta $200.000 para el caso de hombres.
La duración del subsidio total es de cuatro meses desde su adjudicación y es compatible con otros beneficios sociales, como el IFE Universal (que está en su último pago), el Ingreso Mínimo Garantizado, el Subsidio Protege, el Bono Trabajo Mujer (BTM), el Subsidio Empleo Joven (SEJ) y la Reducción temporal de la jornada de trabajo de la Ley de Protección del Empleo.
Los pagos de este subsidio son gestionados por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) y se entregan mediante transferencia electrónica.
Requisitos para el IFE Laboral
Para postular al subsidio, se deben considerar los siguientes requisitos:
- Tener un nuevo contrato de trabajo (en el mes en curso o máximo el mes anterior a la postulación).
- Tener una remuneración mensual bruta menor o igual a 3 Ingresos Mínimos Mensuales ($1.011.000).
- Haber estado cesante durante todo el mes anterior al inicio del nuevo contrato de trabajo.
- También serán beneficiarios, los trabajadores que actualmente reciben el Subsidio al Nuevo Empleo.
¿Cómo apelar al pago del IFE Laboral?
Si eres beneficiario o beneficiaria del IFE Laboral y no recibiste el pago del mes, probablemente sea porque las cotizaciones previsionales no se encuentran declaradas y/o pagadas.
Frente a estos casos, Sence llama a revisar la causa en el expediente en línea del usuario. Además, se indica que el organismo revisará mes a mes el cumplimiento del pago de las cotizaciones, por lo que, de encontrar una actualización en estas, se podrá cancelar el monto adeudado en el siguiente mes.
Ahora, si el problema persiste, deberás ingresar una solicitud en el buzón ciudadano con siguiente información:
- Copia del contrato de trabajo debidamente firmado.
- Certificado de remuneraciones imponibles de los 12 últimos meses.
- Certificados de los 12 últimos meses de cotizaciones de salud (Fonasa o Isapre) y pensión (AFP).
¿Cómo apelar al resultado de la postulación del IFE Laboral?
Por otro lado, Sence indica que uno de los principales motivos para el rechazo de la postulación la IFE Laboral es que se ingresa el Rut del representante legal y no el de la empresa.
En este caso se deberá realizar el trámite mediante el buzón ciudadano, mediante el cual deberá informar que se trata de aquel error específico, adjuntando el contrato de trabajo debidamente firmado.
Duración y fechas de pago
Desde la adjudicación del IFE Laboral, el periodo de vigencia es de cuatro meses y solo puedes postular si firmaste tu contrato de trabajo a partir del 01 de agosto de este año. Eso sí, si eres beneficiario del Subsidio al Empleo, la fecha del contrato puede ser desde el 01 de abril en adelante.
En relación a las fechas de pago, van con desfase en relación a la postulación y se rigen de la siguiente forma:
Montos a pagar por trabajador(a)
De acuerdo a la información dispuesta por Sence, los montos a entregar por concepto del IFE Laboral son:
- Hombres entre 24 y 55 años: 50% de su Remuneración Bruta Mensual, con tope de $200.000 mensuales
- Mujeres, jóvenes entre 18 y 24 años, hombres mayores de 55 años, personas con discapacidad debidamente certificada y asignatarios de pensión de invalidez: 60% de la Remuneración Bruta Mensual, con tope de $250.000 mensuales.
Si quieres iniciar la postulación al IFE Laboral, puedes hacerlo pulsando sobre el siguiente enlace.