Esta semana continúa la discusión del cuarto retiro del 10% de las AFP. Para el inicio de octubre esta confirmada el debate en el Senado, y posteriormente su votación definitiva.
"Yo lo he dicho, voy a votar a favor del cuarto retiro. Este es el retiro de la clase media que no ha recibido el apoyo del Gobierno y en algunos casos todavía no recupera su trabajo", detalló Pedro Araya, el presidente de la Comisión de la Constitución.
"No habrá cuarto retiro. Es una mala política pública que generará una espiral de inflación. En el Senado sabemos que el pánico electoral no puede perjudicar la economía de los más pobres", replicó Francisco Chahuán, senador de Valparaíso, quien ya informó que votará en rechazo de la medida.
En la primera sesión se invitó al Ministro de Hacienda, Rodrigo Cerda; al Ministro de Trabajo y Previsión Total, Patricio Melero; y al Superintendente de AFP, Osvaldo Macías.
Cuarto Retiro 10%: cuáles son las propuestas
El cuarto retiro del 10% contempla varias similitudes con las anteriores, pero plantea propuestas que marcan la diferencia. En primera instancia se consta de la opción de sacar hasta el 100% de los fondos previsionales a quienes estén diagnosticados con enfermedades graves, catastróficas o de alto costo.
En este punto, se hace hincapié que todos los afiliados que tenga un certificado médico que acredite padecer alguna de las patologías contempladas en la Ley Ricarte Soto o de carácter catastrófica, estarán autorizados a realizar un retiro de hasta el 100% de los fondos acumulados, con un monto máximo de 1.350 UF.
¿Cuáles son los montos?
El cuarto retiro contempla que sea utilizado de forma voluntaria y excepcionalmente. El monto máximo a solicitar tiene como mínimo 35 UF y máximo 150 UF.
Tal como sucedió en ocasiones anteriores, si el 10% es inferior a 35 UF, el afiliado podría retirar hasta dicho monto y si los fondos acumulados en su cuenta son menores a 35 UF, el afiliado accedería al retiro de todos los fondos.
Como se mencionó anteriormente, podrán solicitar el 100%, quienes sufren de una enfermedad catastrófica.
Plazos para el cuarto retiro
A diferencia de los retiros anteriores, ahora estará disponible el cuarto retiro por 730 días después de publicada la reforma. Esto rige independientemente de que el estado de excepción constitucional de catástrofe haya terminado.
¿Qué pasará con la pensión de alimentos
El cuarto retiro no incluye el cobro de impuestos, sin embargo sí podrá ser retenido el pago si el solicitante adeuda la pensión de alimentos.
La resolución que ordene el pago de pensiones de alimentos deberá indicar el monto específico a pagar, identificar la cuenta bancaria a la cual se debe realizar la transferencia, y señalar expresamente el plazo en que la administradora deberá proceder al pago.
¿Quiénes no podrán hacer uso del cuarto retiro?
Debido a lo que se hizo público en las últimas semanas con varios integrantes del Gobierno que retiraron su 10%, ahora el cuarto retiro hace hincapié y recalca que no podrán retirar los fondos a los altos funcionarios de la administración pública, desde el Presidente de la República, Ministros, Subsecretarios y parlamentarios, entre otros.
Para verificar lo anterior, el afiliado deberá presentar una declaración jurada simple en la cual dé cuenta que no se encuentra en esa situación.