El "Bono por Hijo" es un beneficio del Estado que incrementa el monto de la pensión de la mujer a través de la entrega de una bonificación por cada hijo nacido vivo o adoptado.
Este bono no se paga al momento del nacimiento del menor, sino que junto a la pensión de la madre. Mientras que el monto total a recibir dependerá de la cantidad de hijos e hijas nacidos vivos, o bien que hayan sido adoptadas. Por otro lado, el Bono por Hijo sí requiere postulación.
Para acceder a beneficio, debes entrar directamente al portal del Instituto de Previsión Social (IPS), donde debes llenar el formulario indicado. De todas formas, a continuación encontrarás toda la información necesaria.
¿Cuáles son los requisitos para recibir el bono?
De acuerdo a la normativa, el Bono por Hijo está destinado a:
- Las madres afiliadas al sistema del DL N° 3.500: que no tengan afiliación a otro régimen previsional.
- Madres que sean beneficiarias de una Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV) o Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV).
- Madres que, sin estar afiliadas a un régimen previsional, solo perciban una pensión de sobrevivencia con derecho a Aporte Previsional Solidario, sea de Administradora de Fondos de Pensiones (AFP), compañías de seguros, Instituto de Salud Laboral, Mutualidad de Empleadores o del Instituto de Previsión Social.
En cualquiera de los casos, debe haber comenzado a recibir la pensión a partir del 1° de julio del año 2009. Asimismo, también se considera como requisito de acceso:
- Tener 65 años de edad o más.
- Residir en territorio chileno por un período de 20 años (continuos o discontinuos), contados desde que la beneficiaria cumplió 20 años. Asimismo, tiene que haber residido en Chile al menos cuatro años durante los últimos cinco años anteriores a la solicitud de la bonificación.
- Tener ClaveÚnica (solamente si el trámite es realizado en línea).
¿De cuánto es el valor?
Esto corresponde al equivalente al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales, y dependiendo de la fecha de nacimiento, será el valor base para su cálculo:
- Si el hijo o hija nació antes del 1 de julio de 2009, se aplicará el ingreso mínimo vigente en julio de 2009 ($ 165.000). Vale decir, que para estos casos será un aporte mensual de $24.750.
- Por otro lado, si nació después del 1 de julio de 2009, el ingreso mínimo corresponderá al monto que estaba vigente durante el mes en que nació el hijo. Para bebés nacidos en 2020, el monto sería de $48.750 mensuales.
¿Cómo puedo postular al Bono por Hijo?
- Ingresa a este enlace.
- Una vez en el sitio web de la institución, escribe su RUT y haga clic en "ingresar".
- Haga clic en "Pilar Solidario y Bono por Hijo".
- Seleccione "bono por hijo".
- Haga clic en "ingresar solicitud".
- Haga clic en "ClaveÚnica".
- Escriba su RUN y clave, y haga clic en "autenticar". Si no está registrado, solicite la ClaveÚnica.
- Complete los antecedentes solicitados.
- Como resultado del trámite, habrá postulado a la bonificación por hijo.
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