Sanciones cuatro veces más altas: buscan entregar compensaciones históricas a clientes por cortes de luz

La medida se pensó en base a las interrupciones del suministro luego del último sistema frontal de gran magnitud que afectó a nuestro país y que aún mantiene a varias familias sin energía.

Cortes de luz. Ante las prolongadas interrupciones en el suministro, las autoridades exigen aumentar las multas contra las empresas que no cumplan con su entrega. (Javier Salvo/Aton Chile)

Durante la semana pasada, la Cámara del Senado ingresó un nuevo proyecto de ley que busca aumentar las sanciones y compensaciones económicas para los clientes que se vean afectados por suspensiones o interrupciones prolongadas de la energía eléctrica.

La iniciativa presentada por los senadores Loreto Carvajal (PPD), Juan Luis Castro (PS), María José Gatica (RN), y Yasna Provoste (DC) toma de base lo sucedido tras el último temporal ocurrido en nuestro país, el que dejó a más de un millón de clientes sin luz, y el que a la fecha aún mantiene a varios hogares sin suministro.

La moción avanzó ahora hacia la Comisión de Minería y Energía; y, de aprobarse, las compañías eléctricas deberán pagar incluso el cuádruple en multas por no prestar el servicio por razones que excedan la fuerza mayor.

Producto del intenso temporal, aún existen hogares en el país que permanecen sin energía.
Producto del intenso temporal, aún existen hogares en el país que permanecen sin energía.

Compensaciones a clientes sin luz podrían incluso cuadriplicarse con nuevo proyecto de ley

El nuevo proyecto de ley presentado por la Cámara del Senado busca modificar el Artículo 16B de la Ley 18.410 que crea la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) para que en aquellos casos en que exista interrupción parcial o total del suministro de luz, los usuarios tendrán derecho a una compensación económica que equivaldrá a los siguientes montos:

  • Quienes permanezcan sin electricidad por más de 12 horas deberán recibir una indemnización equivalente al doble del valor del servicio no prestado.
  • En los casos que la interrupción del suministro de energía se prolongue por al menos 24 horas, la retribución económica será equivalente al triple del costo de racionamiento que no fue entregado.
  • Finalmente, para aquellos hogares que tengan cortes de luz que superen las 72 horas, el valor de la devolución corresponderá al cuádruple del precio de la energía que no pudo recibir el cliente.

Este monto se verá reflejado en forma de descuento en la facturación más próxima tras el corte del servicio, o en aquella que determine la SEC en base a los evento que causen la interrupción del suministro.