Luego de la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago de acoger la solicitud de desafuero de la diputada María Luisa Cordero, tras la querella por injurias graves con publicidad presentada por la Senadora Fabiola Campillai, el Pleno del máximo tribunal confirmó la sentencia y privó de inmunidad parlamentaria a la Doctora, disponiendo su desafuero.
Esta decisión se debe a los dichos emitidos en marzo en su programa de Radio El Conquistador, cuando aseguró que la senadora Campillai estaba mintiendo sobre su ceguera, argumentando que “tiene un ojo que le funciona y el otro día un cabro la pilló hablando por celular en un pasillo, le tomó una foto y la subió a las redes. Ella no es ciega total”.
Durante los próximos días se dará a conocer la resolución y sus medidas, pero acá te adelantamos algunas de las posibles sanciones a las que se arriesga la cirujana fuera de su cargo político.
¿A qué sanciones se arriesga la Doctora Cordero con su desafuero?
El desafuero o antejuicio es una acto judicial por el que una persona “aforada” se le retiran sus privilegios. Esto quiere decir, que a la diputada Cordero, de 80 años de edad, se le podrá remover la protección del fuero parlamentario y podrá ser procesada penalmente (como un ciudadano común) por su declaraciones.
Por lo cual, está arriesgando medidas cautelares como la prisión preventiva, y eventualmente enfrentar la condena de una pena, como reclusión menor en su grado medio y hasta el pago de multas de hasta 20 Unidades Tributarias Mensuales ($ 1.263.980)
En virtud del artículo 61 de la Constitución, ningún Diputado o Senador, desde el día de su elección o desde su juramento, puede ser acusado o privado de libertad, salgo que sea declarado culpable y es la decisión que se espera durante los próximos días quedando sujeta al dictamen de un juez competente.
“La sentencia será redactada por el ministro Alejandro Aguilar y se dará a conocer durante los próximos días”, indicó la Corte de Apelaciones.