Propuesta Nueva Constitución: ¿Qué dice sobre los derechos de los animales y en qué se diferencia con la actual Carta Magna?

Este borrador para la nueva Carta Magna abarca una mayor variedad de temas y con más profundidad en comparación a la actual constitución de 1980. Uno de ellos tiene que ver con los Derechos de los Animales.

En menos de un mes, todos los chilenos y chilenas deberán salir de sus casas para votar en el Plebiscito de Salida que se realizará el próximo 4 de septiembre, y en el cual se definirá si se aprueba o rechaza la propuesta de nueva Constitución.

Por lo mismo, es importante que el día de las elecciones las personas salgan a votar de manera informada y no guiándose a través de fake news, ya que este es un proceso muy importante y de gran seriedad.

Este borrador para la nueva Carta Magna abarca una mayor variedad de temas y con más profundidad en comparación a la actual constitución de 1980. Uno de ellos tiene que ver con los derechos de los animales.

¿Qué se establece en la actual Constitución sobre los derechos de los animales?

La actual Carta Magna no tiene incorporado ningún artículo sobre los derechos animales, sin embargo, estos sí están en el Código Civil y, con el paso de los años, se han implementado leyes para su protección.

Es el artículo 567 del Código Civil el cual reconoce a los animales, pero como muebles, por lo que no se consideran titulares de derecho. En específico dice:

"Muebles son las que pueden transportarse de un lugar a otro, sea moviéndose ellas a sí mismas, como los animales (que por eso se llaman semovientes), sea que sólo se muevan por una fuerza externa, como las cosas inanimadas".

En 2017 se avanzó en esta materia cuando se promulgó la Ley Nº 21.020 de Tenencia Responsable de Mascotas, más conocida como Ley Cholito, la cual busca proteger la salud y bienestar de los animales domésticos estableciendo obligaciones y responsabilidades a los tenedores de las mascotas.

Luego, en 2018, se promulgó la Ley 20.380 sobre la Protección de Animales, determinando su reconocimiento, protección y respeto como seres vivos y parte de la naturaleza. El fin de la normativa es darles un "trato adecuado y evitarles sufrimientos innecesarios".

Nueva Constitución: ¿Qué dice sobre los derechos de los animales?

A diferencia de la actual Constitución, la propuesta para la nueva Carta Magna sí incluye a los animales, estipulando tres puntos importantes respecto a sus derechos.

Animales como seres sintientes

El artículo 23 con la indicación 27 del informe de la Comisión de Medio Ambiente, reconoce a los animales como seres sintientes, en específico, el artículo establece que:

"Los animales son sujetos de especial protección. El Estado los protegerá, reconociendo su sintiencia y el derecho a vivir una vida libre de maltrato".

Protección a las especies nativas

A lo anterior se le suma el artículo 23B, el cual establece la protección a las especies nativas de nuestro país y sus hábitats naturales. Específicamente, establece que:

"El Estado protege la biodiversidad, debiendo preservar, conservar y restaurar el hábitat de las especies nativas silvestres, en tal cantidad y distribución que sostenga adecuadamente la viabilidad de sus poblaciones y asegure las condiciones de supervivencia y no extinción".

Promoción de la educación

Junto con esto, se añadió la indicación 29, la cual establece que se promoverá una educación basada en respeto y empatía hacia todos los animales, que indica:

"El Estado y sus organismos promoverán una educación basada en la empatía y en el respeto hacia los animales".

Órgano estatal de protección animal 

Adicional a la mencionada con anterioridad, se intentó añadir la indicación 28, que buscaba la creación de un órgano estatal de protección animal, sin embargo, esto fue rechazado, por lo que no fue incluido en la propuesta.

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