Luego de la confirmación del primer caso en Chile de una paciente con la variante Delta de COVID-19, la subsecretaria de Salud, Paula Daza, informó que se llevó a cabo una modificación en la definición de contacto estrecho cuando se presente un caso como este.
Al respecto, manifestó que "es una definición mucho más rigurosa. En el fondo, si una persona ha estado en contacto con la persona, con o sin mascarilla, esa persona se definirá como contacto estrecho".
De esta forma, un contacto estrecho será "toda persona que ha tenido contacto (con un caso con la variante Delta), independiente si está o no con mascarilla".
Así, por ejemplo, si se detecta un caso de dicha índole, todos los que hayan compartido por ejemplo un avión o un medio de transporte serán considerados como contactos estrechos.
La razón de esta adopción en la redefinición radica en la velocidad de contagio de la variante Delta, en vista de que basta un rango de 5-10 segundos para que una persona sin mascarilla sea contagiada y hasta un minuto en quienes ocupen una mascarilla.
Es noticia:
Minsal confirmó redefinición del contacto estrecho para casos de variante Delta
La subsecretaria Paula Daza aclaró en qué condiciones se da esta situación, en vista de la llegada del primer caso a Chile.

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