La aprobada ley de eutanasia en España, que permitirá asistir a personas que quieran ponerle fin a su vida cuando sufran una enfermedad crónica, invalidante y grave, y que lo suma a una escueta lista de siete países que han legislado sobre el asunto en el mundo, hace preguntarnos cómo estamos en Chile con el tema.
Cabe recordar que en diciembre pasado se aprobó en general el proyecto de ley de "Muerte digna y cuidados paliativos" que, cumpliendo determinadas condiciones establecidas en la iniciativa, permite que una persona decida y solicite asistencia médica para morir. Por lo que ahora se deberá discutir en particular, es decir en sesiones con expertos y con la Comisión de Salud. Sin embargo no existe un plazo para seguir avanzando hasta el Senado y que se convierta en Ley de la República.
El caso del diputado Keitel
La indicación, que autorizaba a los mayores de 14 y menores de 16 años para solicitasen asistencia para morir fue rechazada por no lograr el quórum suficiente en la sala. Sin embargo, y en general, se logró aprobar con 79 votos a favor, 54 en contra cinco abstenciones. La iniciativa fue votada en contra en su mayoría por diputados conservadores oficialistas, sin embargo logró acogida en algunos como Francisco Undurraga, Sebastián Torrealba, Andrés Celis, Andrés Longton y Sebastián Keitel.
El diputado Keitel tuvo la pérdida de su hermano Luis (50) esta semana, quien sufría de esclerosis lateral amiotrófica (ELA). "Por lejos mi héroe, mi amor, mi pasión, mi inspiración, mi gran hermano, gracias por tu lucha, gracias por ser un ejemplo para much@s., gracias por tanto", señaló el parlamentario en su cuenta de Instagram.
Requisitos para Chile
Entre los puntos aprobados preliminarmente en el proyecto de eutanasia se cuenta que dos médicos deberán diagnosticar la enfermedad o dolencia, ser mayor de 18 años, estar consciente al momento de tomar la decisión y en pleno uso de sus facultades mentales, lo que debe ser certificado por un especialista. Además los equipos médicos, según el proyecto, podrán ser objetores de consciencia, mientras que el paciente que el paciente deberá designar a una o varias personas de confianza, mayores de edad y clasificadas por orden de preferencia para que comuniquen su voluntad.
Mientras tanto no existe un plazo fijo para que el proyecto avance al Senado y se convierta el Ley de la República.