¿Qué pasó?
La Cámara de Diputados y Diputadas confirmó que la jornada de este jueves 3 de diciembre, se abordarán ambos proyectos que buscan un segundo retiro AFP: la iniciativa creada por el ejecutivo, junto con el proyecto que fue impulsado por diputados y diputadas.
Por un lado, la iniciativa del Ejecutivo que busca un segundo retiro AFP fue aprobado la semana pasada en el Senado, por lo cual su segundo trámite constitucional es en la Comisión del Trabajo y Seguridad Social (Puedes seguirla en vivo acá), y luego en la Cámara.
En tanto el proyecto que impulsó la diputada del Partido Humanista, Pamela Jiles, fue rechazado en el Senado, lo que era su último trámite constitucional, por lo cual tuvo que regresar a la Comisión donde podrá ser revisado.
Diferencias y similitudes entre proyectos para segundo retiro 10% AFP
Dinero a retirar:
- El proyecto aprobado por la Cámara de Diputados y Diputadas establece que el retiro puede hacerse por montos que van entre las 35 UF y 150 UF. Es decir, entre $1 millón y $4,3 millones. En tanto el proyecto presentado por el Gobierno, se limitaba a un máximo de 100 UF. No obstante, con las modificaciones se aumentó a 150 UF.
Pago de impuestos:
- El proyecto del Gobierno plantea la fijación de impuestos para personas de mayores ingresos y que decidan retirar su 10%. Este se realizaría en base a los tramos del impuesto a la renta. Mientras que el proyecto aprobado en la Cámara, no grava el retiro, por lo que es libre de impuestos.
Restricción para rentas altas:
- El texto presentado por el Ejecutivo, inicialmente planteaba una restricción para rentas altas, pero que tras la sesión de la Comisión esta indicación fue eliminada, equiparándose al aprobado en la Cámara y adscribiendo a su carácter universal.
Plazos para el pago:
- El proyecto aprobado en la Cámara, establece que el dinero deberá ser entregado por las AFP en un plazo no mayor a 15 días hábiles desde ingresada la solicitud. En tanto, el enviado desde el Ejecutivo y tras las nuevas indicaciones, pasó a un pago en dos cuotas: el primero en 15 días hábiles y el segundo en 15 días hábiles más a partir del primer pago.
Reintegro de fondos:
- Mientras que el texto aprobado en Cámara establece que el reintegro debe ser materia de estudio, el ingresado por el Gobierno fijaba un reintegro obligatorio, a través de un mecanismo que debería definir la Superintendencia de Pensiones. Sin embargo, tras las modificaciones, se fijó que será un reintegro voluntario.
Palabra "activos"
- La iniciativo del Gobierno proponía un retiro solo para afiliados que se encontrasen "activos" al momento de solicitar el retiro del 10%. Aquello producía que los y las jubiladas quedaban afuera automáticamente del retiro. Esto fue eliminado y todos quienes tengan fondos podrán retirar.
Restricción para altas autoridades públicas
- Una de las características que más han resaltado desde el Gobierno, es que las altas autoridades públicas no podrán hacer efectivo un retiro del 10%, a diferencia del texto de la Cámara que no establece restricciones en esa materia.
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