"Estos impuestos no se guardan en una bóveda, los vamos a ocupar en necesidades urgentes que tenemos", aseveró este sábado el ministro de Hacienda, Ignacio Briones, al referirse a la utilización que dará el Ejecutivo a los tributos que pagarán los cotizantes del sistema de AFP, si se aprueba su retiro del 10% que avanza en el Parlamento.
Desde la sede legislativa, donde estuvo siguiendo el debate y despacho del Presupuesto 2021, el secretario de Estado se refirió a la iniciativa de La Moneda que propone acotar las remesas y aplicar un pago por ellas, y que ya se preparan a entregar las AFP.
"Creo que acá lo que corresponde es pensar cuál es la contribución que hago yo", planteó el jefe de las finanzas públicas, en aras de colaborar, mediante el un esquema progresivo de impuestos, con la situación de pandemia que afecta al país tanto sanitaria como social y económicamente.
¿Qué es el pago progresivo de impuestos?
Según el articulado del Ejecutivo, en la tabla progresiva no solo influye el sueldo, sino también el monto a retirar. Por ejemplo, una persona que gane $700 mil pesos, si retira $1 millón, pagará $40 mil, pero si retira dos millones el monto de impuestos sube al doble.
Otro ejemplo que puede graficar la estructura del segundo retiro, es que si una persona con un sueldo de $2 millones retira el máximo, deberá pagar casi $350 mil en impuestos.
"Lo relevante es pensar que esa recaudación nos va a permitir financiar y poder apoyar a los chilenos que más lo necesitan en distintas materias", aseguró el titular de Hacienda, definiendo el esquema, enfatizando que lo que se procura es que los que tienen más renta paguen más y viceversa respecto de quienes no tienen mayores salarios.
¿Quiénes no pagarán impuesto?
Ignacio Briones aclaró también que "acá nosotros no estamos creando ningún impuesto, ninguno", recordando que "la inmensa mayoría de chilenos que hagan su retiro están libres de pagar impuesto, porque sus rentas están exentas de impuesto".
Dicho esto, el jefe del equipo económico añadió que "si las personas de más altos ingresos no pagan lo que corresponde, eso está mal (…) Si yo gano poco o menos, voy a pagar menos, pero es mi deber y obligación con el país. Si gano más, voy a pagar más y mi obligación con el país es hacer el pago que corresponde. Ese debiera ser siempre el principio general", concluyó.
¿Cuándo seguirá la discusión del Segundo Retiro del 10% AFP del Gobierno?
Tras su aprobación en la sala del Senado, el proyecto se encuentra en su tercer trámite constitucional y será sesionado por la Comisión de Trabajo el próximo lunes 30 de noviembre.
Así lo confirmó la presidenta de la Comisión, Gael Yeomans, quien fijó la audiencia entre las 15:00 y 18:00 horas. Además, para esta instancia del segundo retiro AFP, fue invitado el ministro de Hacienda, Ignacio Briones y la titular de la cartera del trabajo, María José Zaldívar. Tras ser revisado y votado, el proyecto pasará a la Cámara de Diputadas y Diputados.
¿De qué trata este proyecto del Segundo Retiro AFP?
- Fue rechazado el artículo 6, que obligaba a hacer un reintegro de los recursos que podrían ser retirados, por lo cual ya no será necesario devolver el dinero.
- Otra de las modificaciones fueron con los montos a retirar. Este aumentó de 100 hasta las 150 UF, lo cual es el equivalente al proyecto impulsado por los parlamentarios y parlamentarias, permitiendo hasta 4,3 millones de pesos.
- También se modificaron los plazos de pago. Originalmente eran a los 60 días hábiles de sacar el dinero en la primera cuota, y 10 días adicionales para una eventual segunda, pero la Comisión dictó que un 50% pueda salir en 15 días hábiles, y la otra mitad a los 15 días hábiles posteriores.
- También quedó fuera la propuesta del Gobierno acotar el universo de personas, que originalmente excluía a afiliados y afiliadas que tuviesen remuneraciones de 4,9 millones de pesos, y que adicionalmente hubieran cotizado en el sistema de AFP el mes anterior. Ahora será universal.
- Quedan inhabilitados del retiro quienes tengan altos cargos públicos y de Gobierno.
- El retiro no puede ser objeto de retención, salvo en casos de deudas por pensiones de alimentos.
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