Aborto en Argentina: Así será el procedimiento según la ley aprobada por el Senado trasandino

El proyecto deberá ser promulgado por el Presidente Alberto Fernández tras ser él mismo quien lo había ingresado para su discusión.

Durante la madrugada de este miércoles 30 de diciembre, y tras una sesión especial de un poco más de 12 horas, el Senado argentino aprobó el proyecto de ley que permite el acceso al aborto de manera legal, segura y gratuita.

El proyecto fue aprobado con 38 votos a favor, 29 en contra y una abstención. Ahora, deberá ser enviado al Presidente de Argentina, Alberto Fernández, para su promulgación, tras ser él mismo quien lo había ingresado para su discusión.

Además de despenalizar el aborto, hasta la semana 14 de gestación, también permite a los profesionales de salud declarar su objeción de conciencia para evitar realizarlos.

Con este histórico hecho, Argentina se convierte en uno de los países más grandes de Latinoamérica en legalizar la interrupción del embarazo, junto a Uruguay, Cuba y Guyana, así como en Ciudad de México.

¿Cómo funcionará la Ley de aborto?

Lo principal es que la mujer podrá acceder al aborto legal transcurridas máximo 14 semanas de gestación. Mientras que también tendrá derecho a hacerlo posterior a dicho plazo, mediante las causales que la legislación argentina ya contempla.

En este sentido, ya se encontraba despenalizado el aborto si fuese resultado de una violación, así como si estuviera en riesgo la vida o salud de la mujer gestante.

El proyecto establece un plazo de 10 días corridos para que el servicio de salud conceda la solicitud de la gestante y pueda acceder a un aborto seguro. De la misma manera, considera la atención integral de la salud de la mujer durante todo el proceso y el acceso a información sobre fórmulas anticonceptivas.

Objeción de conciencia

Los profesionales de salud que se nieguen a realizar este tipo de intervenciones, podrán hacerlo mediante una inscripción previa de objeción de conciencia.

A pesar de que no se permitió esta postura de manera institucional, sí se admitirá que pueda llegar a concretarse mediante la inscripción de todos los profesionales de salud del centro médico, como objetores a esta medida.

Sin embargo, tras negarse, la institución deberá encargarse de derivar a los pacientes para la realización del aborto, de manera inmediata y sin dilaciones. Lo anterior, considera la estipulación previa de convenios con otros centros de salud.

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