El 11 de septiembre se publicó la Ley 21.601, la cual modifica la Ley de Tránsito con el fin de prevenir la venta de vehículos motorizados robados y sancionar estas conductas. Para cumplir con su propósito, el pasado 14 de mayo se presentó el reglamento oficial de la norma, que establece los plazos y características que deben cumplir quienes deban realizar el grabado de patentes, que identifica los automóviles.
Al respecto, el documento indica que las letras y dígitos en los vidrios deben tener una dimensión de entre 7 y 10 milímetros con una letra normal, ni cursiva o negrita y en mayúscula, en tanto, para los espejos laterales el tamaño será de entre 5 y 10 milímetros.

Finaliza el plazo para el grabado de patentes para estas personas
De acuerdo al reglamento publicado en el Diario Oficial, los vehículos antiguos, es decir, los que fueron comercializados antes del 11 de septiembre del 2023, van a tener doce meses desde la publicación del documento, o sea, el 14 de mayo de 2025. Lo cual significa un plazo de cinco meses aproximadamente a partir de hoy.
Cabe destacar que el grabado de patentes no será obligatorio para aquellos vehículos que pertenecen a establecimientos comerciales con autorización municipal, extranjeros en tránsito temporal, vehículos nuevos con peso igual o superior a 3.860 kilogramos, los de uso policial o militar, o antiguos reconocidos por el ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y que fueron restaurados o conservados con cuarenta o más años desde su fabricación.
En tanto, para el resto será obligatorio y de no responder a la norma, las personas se arriesgarán a una multa de 1 a 1,5 UTM, vale decir, $67.294 a $100.941, al precio de hoy.