En los últimos años se ha masificado considerablemente el uso de las motocicletas, siendo una alternativa más ligera y económica frente a otros medios de transporte como los automóviles y la locomoción colectiva.
Sin embargo, al igual que en todos los otros vehículos, la Ley de Tránsito establece ciertos criterios con los que hay que cumplir para circular en moto por el territorio nacional, entre los que se incluye la documentación básica que siempre se deben portar al momento de conducirlas, que son los que te contamos a continuación.
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¿Qué documentos debo tener para manejar una moto en Chile?
Inicialmente, para poder manejar una motocicleta su conductor debe contar con una licencia de conducir de Clase C en los casos de motos convencionales, mientras que para manejar aquellas adaptadas para porte de carga (más conocidas como “con carrito”) se debe poseer la licencia tipo CR o C Restringida.
Por ley además, ante una fiscalización, al conductor de la moto se le exigirá portar en el vehículo la siguiente documentación:
- Licencia de conducir.
- Patente visible y sin deterioro severo.
- Permiso de circulación al día..
- Inscripción de vehículos motorizados (padrón).
- Certificado de revisión técnica al día.
Además, entre los meses de mayo y agosto, los chóferes de moto que residan en la Región Metropolitana deben verificar que su placa patente cumpla con la restricción vehicular correspondiente en los días que aplique la medida.
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¿Qué multas arriesgo por conducir una moto sin documentos?
Según la Ley de Transito, manejar una motocicleta sin tener o portar la documentación requerida es una falta grave que puede implicar multas de entre 1 y 5 UTM (es decir $65.770 y $328.850), mientras que conducir sin la licencia correspondiente o sin patente visible es considerado una falta gravísima que acarrea una sanción económica que varía entre las 1,5 y las 3 UTM (entre $98.655 y $197.310) junto con la imposibilidad de obtener la licencia por un periodo de 5 años.
Faltas que se acumularán en la hoja de vida del conductor multado, y que si se convierte en una acción repetitiva puede conllevar incluso a la suspensión definitiva y a perpetuidad de la licencia.