En septiembre pasado entró en vigencia la Ley 21.601 que modifica la Ley de Tránsito. Su objetivo fue añadir el grabado de patentes, medida que será obligatoria una vez sea publicada en el Diario Oficial.
Este reglamento fue ingresado por la Subsecretaría de Transportes en la Contraloría el pasado 7 de marzo. Sin embargo, este lunes trascendió que fue retirado el 11 de abril para “revisar el contenido del acto administrativo”. A la fecha, no se sabe cuándo volverá a ser reingresado.
El reglamento especifica cómo tenía que hacerse este procedimiento en vehículos automotres que transitan en Chile. Su retiro, en tanto, no obedece a detalles conocidos.
Fue Biobío la que reveló que tuvo acceso al documento que indica: “Por medio del presente, solicito a usted se sirva autorizar el retiro del Decreto Supremo N°13, de 7 marzo de 2024, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que ‘ESTABLECE LAS CARACTERÍSTICAS DEL GRABADO DE LAS LETRAS Y DÍGITOS DE LA PLACA PATENTE ÚNICA EN LOS VIDRIOS Y ESPEJOS LATERALES DE LOS VEHÍCULOS MOTORIZADOS”.
¿Esto afecta el plazo para el grabado de patentes?
Según la Ley 21.601, la medida correrá desde el momento en el que se publique el reglamento en el Diario Oficial. Sin embargo, Transportes indica que el procedimiento es regular y que no supondrá cambios significativos para su reingreso a la Contraloría.
En palabras simples, esto no modificaría el plazo de la entrada en vigencia del grabado de patentes, aunque sí o sí hay que esperar a que sea publicado en el Diario Oificial. En todo caso, cada vehículo tiene un tiempo definido para contar con la patente grabada en vidrios y espejos una vez completado ese último paso.
Los plazos son:
Vehículos nuevos | Será obligatorio 4 meses después de la publicación del reglamento en el Diario Oficial. |
Vehículos antiguos | Será obligatorio 12 meses después de la publicación del reglamento en el Diario Oficial. |