Hasta el 11 de septiembre, los vehículos antiguos tienen para cumplir con una de las nuevas medidas que establece la Ley de Transito, la cual estipula que deben contar con sus patentes grabadas en vidrios y espejos.
El reglamento ya fue enviado al Ministerio de Transporte, y no solo establece las características que se tienen que cumplir respecto al grabado, sino también se detalla cuáles son los vehículos que no están obligados a cumplirlo.
¿Qué vehículos no necesitan realizar el grabado de patentes?
De acuerdo a lo estipulado en el reglamento, los vehículos a los que no se les exigirá cumplir con la medida son los siguientes:
- Aquellos considerados como antiguos o históricos de acuerdo a lo dispuesto en el titulo XIX de la ley.
- Los señalados en el artículo 54 de la Ley de Tránsito:
- Vehículos de las Fuerzas Armadas y Carabineros, debidamente identificados.
- Vehículos nuevos con un peso bruto igual o superior a 3.860 kg que puedan desplazarse por sus medios y para fines de traslado a dependencias del comercio.
- Vehículos extranjeros en tránsito temporal o con patente extranjera.
Además, se estipula que los vehículos comercializados antes de la entrada en vigencia de la Ley que tengan grabados los vidrios y espejos estarán eximidos de la normativa, siempre que estos estén buenas condiciones para identificar cada digito.