Extensión Postnatal de Emergencia termina postulaciones el jueves: ve cómo tenerlo y sus beneficios

Este programa creado bajo el alero del Estado de Excepción Constitucional permite extender la licencia de postnatal hasta en 90 días.

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Tras el anuncio del fin del Estado de Excepción Constitucional hecho por autoridades de Gobierno este lunes, una de las principales dudas es sobre qué pasará con los bonos y beneficios creados bajo el alero la normativa, entre ellos, la extensión del Postnatal de Emergencia.

Orientado a madres y padres que cuenten con una Licencia Médica Preventiva Parental (LMPP), este programa permite ampliar el plazo de la misma por un periodo de 90 días, de los que se podrán tomar 30, 60 o su totalidad, según la necesidad.

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Sin embargo, el beneficio no podrá ser solicitado por todas las madres y padres, ya que solo se extiende el Postnatal de Emergencia a quienes hayan presentado la LMPP entre el 18 de marzo y la fecha de término del Estado de Excepción, es decir, el próximo jueves 30 de septiembre.

Qué beneficios entrega la extensión del Postnatal de Emergencia

Quienes se acojan al Postnatal de Emergencia podrán recibir, hasta los primeros tres meses, una prestación mensual por el 100% de su subsidio de incapacidad laboral, si recibían un monto igual o inferior a un millón de pesos líquidos por su licencia; y el 70% de ese subsidio o un millón de pesos, en caso de que el monto haya sido superior a aquella cifra.

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Pero, ¿cuál es el valor del subsidio de incapacidad laboral? Se paga por un equivalente al promedio de la remuneración mensual neta, del subsidio o ambas, que se hayan devengado en los tres meses calendarios más próximos al mes en que se inicia la licencia (reposo).

Quién paga la Extensión del Postnatal de Emergencia

De acuerdo a la información oficial obtenida desde el portal ChileAtiende, los pagos se realizan de la siguiente forma:

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Para trabajadoras y trabajadores dependientes:

- Podrán suspender unilateralmente sus contratos de trabajo quienes hayan hecho uso de una o más licencias médicas preventivas parentales.

- El Fondo de Cesantía Solidario financiará el pago de la prestación, sin utilizar los montos de la Cuenta Individual de Cesantía del trabajador o trabajadora. En caso de que este monto sea insuficiente para financiar la totalidad de la prestación, los trabajadores privados tendrán derecho a un complemento de cargo fiscal que permitirá completar una prestación mensual equivalente al 100% o 70% del subsidio mensual por incapacidad laboral derivado de la licencia médica preventiva parental.

Trabajadoras y trabajadores independientes:

- Tendrán derecho a un bono de cargo fiscal, por hasta tres meses, el que no será imponible ni tributable.

- Este bono debe solicitarse ante el Instituto de Previsión Social (IPS), y la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) será la entidad encargada de fiscalizar el otorgamiento.

Funcionarias y funcionarios públicos:

- Tendrán derecho a un permiso sin goce de remuneración por hasta tres meses.

- Las cotizaciones previsionales serán de cargo del empleador, en tanto que el pago del beneficio debe ser solicitado ante la respectiva institución.

- Recordar que para el sector privado, el organismo administrador deberá pagar las imposiciones en la institución de previsión en la que esté afiliado el trabajador/a: Instituto de Previsión Social o Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) y en FONASA o ISAPRE.

Cómo se obtiene el Postnatal de Emergencia

El trámite se puede hacer íntegramente en línea y para ello debes seguir los siguientes pasos:

Dirígete al portal de la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso).

- Pulsa sobre el banner "Solicita tu Licencia Médica Preventiva Parental aquí". Luego inicia una "nueva sesión con Clave Única" y digita la información solicitada.

En esta parte hay dos opciones:

- Si el sistema te indica que tienes derecho a la Licencia Médica Preventiva Parental, y deseas hacer uso de ella, haz clic en “sí" y luego en “continuar”. Si quieres renunciar al beneficio, haz clic en "no" y quedará bloqueada para cualquier solicitud posterior.

- Si el permiso postnatal parental fue cedido al padre, la madre podrá traspasar la Licencia Médica Preventiva Parental al padre. Solo en este caso, el sistema mostrará dos opciones: “Será utilizado por mí" y "Será cedido a la misma persona a quien se cedió el permiso postnatal parental".

- En este último caso, se informará el RUT del beneficiario y, si estás de acuerdo, haz clic en "sí, quiero ceder el beneficio". Posteriormente, el padre deberá solicitar el beneficio en el mismo portal con su Clave Única.

- Chequea tus datos personales, lugar de reposo y correo electrónico, ya que a esa cuenta le enviarán el comprobante de la licencia médica, y haga clic en “continuar".

- Revisa los datos del empleador o de la empleadora, si tienes más de uno, cliquea en "agregar empleador", y luego en “continuar”. Por último pulsa en “finalizar”. El sistema le entregará el folio de su solicitud y podrás descargar el comprobante.

Para iniciar el trámite puedes pulsar sobre el siguiente enlace.

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