Postergación CAE: ¿Qué requisitos debo cumplir para aplazar el pago?

Si estás agobiado por esta deuda por encontrarte en una situación de desempleo que te impide pagar, aquí te contamos cómo suspenderlo temporalmente.

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La pandemia del Covid-19 ha afectado a muchos chilenos y en diversas situaciones, como los que estás sujetos al Crédito con Aval del Estado (CAE) y que se han visto en la imposibilidad de cumplir con las cuotas. Te puede interesar: Tarjeta Banco de Materiales: postula a la Giftcard para reparación de viviendas del Minvu Aquí te contamos el paso a paso que debes seguir para poder postergarlo y resolveremos todas las dudas que tengas respecto a este trámite.

¿En qué consiste el beneficio de suspensión del CAE?

Si perdiste tu empleo o te encuentras cesante

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,

este aplazamiento permite solicitar que no te cobren las cuotas de tu crédito durante seis meses

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(renovables por igual período, presentando una nueva solicitud).

¿Cuánto dura la postergación del CAE?

Este aplazamiento durará

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seis meses que pueden prorrogarse por una sola vez,

dependiendo de cada caso, pero

no implica una condonación de la deuda.

Sin embargo,

cuando te corresponda pagarlas, podrás solicitar que sean rebajadas al 10% de tu renta.

¿Cuáles son los requisitos para solicitarlo?

  • Si estás en una de esas dos situaciones deberás acreditar, si es del caso, que los ingresos de tu cónyuge, conviviente o conviviente civil son insuficientes como para cumplir el compromiso de pago el CAE.
  • También puedes pedir la prórroga si los ingresos familiares resultan insuficientes para pagar las cuotas del CAE.
  • Podrás acceder a la Suspensión del Pago del Crédito, siempre que tengas una mora no mayor a 45 días corridos desde que venció tu última cuota, desde la que se comienza a contar el aplazamiento.

¿Cómo realizar el trámite?

Podrás solicitar el beneficio desde el mes anterior al inicio del cobro de tu Crédito, y si ya estás pagando el crédito, en el momento en que lo necesites accede al

Formulario de Suspensión de Pago que está permanentemente disponible en Ingresa.

¿Qué documentos debo presentar?

En el formulario, tendrás que registrar:

  • Tus antecedentes personales y de contacto, así como tu tipo de Previsión Social y de Salud.
  • Tu situación familiar (soltero; casado; si estás conviviendo o suscribiste un Acuerdo de Unión Civil).
  • Los documentos que acrediten tu condición de cesantía o desempleo e ingresos percibidos.
  • Si corresponde, los datos y renta de tu cónyuge, conviviente o conviviente civil.

¡Importante!

La documentación que adjuntes debe estar vigente, es decir, no tener más de 30 días desde su fecha de emisión, excepto la

Declaración Jurada Notarial de Soltería, que puede tener una vigencia de hasta 180 días

; y el finiquito y/o carta de despido, los que pueden tener una fecha anterior.

¿Qué pasa si no puedo concurrir a la notaría?

De manera excepcional y mientras dure la Emergencia por Covid-19, podrás adjuntar al formulario, alguno de los siguientes documentos:

  • Informe de No Matrimonio, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación.
  • Declaración Jurada de Soltería, firmada ante Notario, de hasta 1 año de antigüedad (en lugar de 6 meses, como ha sido lo regular).
  • Una Declaración Jurada Simple de Soltería, firmada por ti (no por un Notario), en el que: 1) declares que estás soltero/a; 2) expreses que dicha declaración la realizas para solicitar la Suspensión de Pago del Crédito con Garantía Estatal (Crédito CAE o CORFO) y, 3) que, por razones de fuerza mayor, no es posible que concurras hasta una Notaría Pública.

¿Qué pasa si estoy con suspensión de co trato?

Si tu empleador se acogió a los beneficios de la

Ley de Protección del Empleo

en pandemia, puedes adjuntar alguno de estos documentos:

  • Certificado de Beneficios Percibidos, emitido por la Administradora de Fondos de Cesantía de Chile. Descárgalo desde la sección "Certificados en Línea" de tu cuenta personal del portal de la AFC.
  • Copia del anexo de contrato con el respectivo acuerdo de Suspensión del Contrato de Trabajo (debe aparecer tu nombre).
  • Carta del empleador a tu nombre, notificando la suspensión del contrato.
  • Certificado que emita el empleador a tu nombre, acreditando la suspensión del contrato.
  • Número con el cual quedó registrado el pacto de suspensión de contrato en la AFC (recuerda incluir además el RUT de tu empleador).
  • Otro documento que permita acreditar que tu contrato fue suspendido por la emergencia sanitaria.

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